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Telegramas y cartas documento

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de informar al organismo recaudador intimaciones a empleadores realizadas por trabajadores o asociaciones sindicales mediante telegramas o cartas documento. A través de la Resolución General 5560/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, suprimió el servicio informático «Telegramas laborales», donde se remitían las copias digitales de las comunicaciones laborales dirigidas a empleadores que se enmarcaban en el artículo 1 de la ley 24.013. «Como la Ley Bases adoptó una serie de medidas tendientes a mejorar y agilizar los procesos administrativos, la AFIP dejó sin efecto la norma que reglamentaba este procedimiento», señaló el organismo.

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