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Financiamiento universitario: amparo y marcha

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El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick hizo lugar este martes a la acción de amparo colectiva presentada por el CIN, un grupo de universidades nacionales y docentes, y al amparo de la Universidad de Buenos Aires, que se tramitaba acumulado en la misma causa. En consecuencia, ordenó al Poder Ejecutivo «el cumplimiento inmediato» de la ley 27.795 y «el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias a tal fin». Cuando el Congreso rechazó con dos tercios en ambas cámaras el veto total del decreto 647/25, el Ejecutivo quedó obligado por el artículo 83 de la Constitución a promulgar la ley. Lo hizo el 20 de octubre de 2025, pero agregó que la promulgación era «sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 24.629” que establece que toda ley que autorice gastos debe prever expresamente su financiamiento y que, si no lo hace, queda suspendida hasta que se incluyan las partidas en el presupuesto. Cormick desarmó ese argumento con la propia ley universitaria. Recordó que su artículo 9 manda al Ejecutivo disponer los créditos presupuestarios necesarios, con amplias facultades para reasignar partidas, siempre que no afecte la coparticipación a las provincias ni los aportes del Tesoro. También prevé que la ley «podrá financiarse con los incrementos de ingresos corrientes recaudados por encima de los montos presupuestados (o prorrogados)». Cabe recordar que las máximas autoridades de las principales universidades públicas del país realizarán una protesta en Plaza de Mayo desde las 14.30. Reclamarán por la aplicación de la norma aprobada por el Congreso en 2025

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