8 de septiembre de 2022
La jueza porteña Elena Liberatori declaró inconstitucional al Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) implementado en la Ciudad de Buenos Aires, en otro capítulo del proyecto del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta para imponer un programa de búsqueda de prófugos pero que fue utilizado para obtener información personal de unos diez millones de personas. El fallo sostiene que la medida «se implementó sin cumplir con los recaudos legales de protección de los derechos personalísimos de los habitantes». Y agrega que «resulta de prístina claridad que el SRFP posee inconsistencias y errores en los procesos administrativos de alta/baja/modificación, observando también vestigios del entorno de desarrollo que deberían encontrarse solucionados al momento de implementarse en modelo de producción». Liberatori apela a un informe de la Defensoría del Pueblo de CABA donde se revelan varios casos de personas que fueron detenidas erróneamente como consecuencia de alertas impartidas por la utilización del SRFP, «es decir, por falsos positivos», lo que «configura una detención arbitraria y atenta contra el principio de inocencia».