27 de marzo de 2026
El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció la prohibición definitiva de la participación de atletas transgénero en todas las categorías femeninas de los deportes olímpicos. La medida, que entró en vigencia de forma inmediata para el calendario clasificatorio, estableció que las competencias de mujeres quedaron reservadas exclusivamente para personas que sean biológicamente mujeres desde su nacimiento. Según el comunicado oficial, la decisión se fundamentó en la necesidad de preservar la equidad deportiva y la seguridad de las competidoras. El texto ratificó que la ventaja biológica adquirida durante la pubertad masculina resultó determinante para la aplicación de este nuevo marco regulatorio global. La normativa también alcanzó a las atletas con diferencias en el desarrollo sexual (DSD), quienes no podrán participar en las pruebas femeninas si mantienen niveles de testosterona por encima de los rangos biológicos femeninos estándar. «No podemos ignorar la evidencia científica sobre la superioridad física masculina en el rendimiento deportivo de alto impacto», dictaminó el documento técnico. El fallo generó repercusiones inmediatas en las federaciones internacionales de atletismo, natación y ciclismo, que ya habían iniciado procesos de restricción similares en años anteriores. Esta unificación de criterios eliminó la autonomía que tenían las disciplinas para decidir sobre la inclusión de deportistas trans en sus propios ránkings.
