Se calcula que en la Argentina hay unos 20.000 embriones congelados en clínicas de fertilidad, y nadie sabe qué hacer con ellos. El debate ético y la posibilidad de legislar sobre un tema cuyas implicancias recién están empezando a vislumbrarse.
14 de diciembre de 2016
Vitrificación. Los embriones «sobrantes» de tratamientos son conservados durante años. (Media for Medical/UIG/Rex Shutterstock/Dachary)
Si bien desde junio de 2013 las parejas que buscan ayuda médica para poder concebir cuentan con la ley de cobertura 26862, la norma posee varios espacios difusos que son aprovechados muchas veces por los financiadores y prestadores para negar los tratamientos. Así, el diagnóstico genético preimplantatorio, la donación de gametos o embriones o la cantidad de tratamientos de fertilización asistida que se cubren, entre otras cuestiones, terminan tambaleando por falta de regulación. Pero esto no es todo. Sin duda el avance de la ciencia interpela al resto de las disciplinas, entre ellas la jurídica, que hoy se ve compelida a debatir respecto del estatuto conferido a los miles de embriones que permanecen criopreservados en clínicas de fertilidad, producto de los tratamientos y que no fueron utilizados por las parejas que les dieron origen, generalmente porque lograron el embarazo con los que fueron transferidos y llegaron a una edad en la que no quieren volver a ser padres.
Los conflictos se dan no solo porque existe un vacío legal respecto de la naturaleza jurídica del embrión, sino porque tampoco se establece qué hacer ante el divorcio de parejas que estuvieron en tratamiento médico y dejaron sus embriones congelados, por ejemplo, o en el caso del fallecimiento de alguno de ellos.
En mayo de 2014 se presentó un proyecto de ley para regular estas cuestiones y establecía que pasados 10 años de la obtención del material genético, cesaría la criopreservación de los embriones o serían destinados a la investigación, salvo que las parejas manifestaran de modo expreso y previo al vencimiento del plazo el deseo de seguir conservándolos hasta por 5 años más. También se debía dejar asentado cuál sería el destino de los embriones en caso de divorcio, nulidad del matrimonio, separación de hecho o fallecimiento de alguno de los miembros de la pareja. En todos estos casos y antes del vencimiento del plazo deberían optar por la donación a otra pareja, el descongelamiento o la donación con fines de investigación. Este proyecto si bien obtuvo media sanción de Diputados se encuentra próximo a perder estado parlamentario porque nunca fue tratado en la Cámara Alta. Próximamente, se presentará una iniciativa que lleva la firma de los diputados Mara Brawer, José Gagliardi y María Virginia Linares, entre otros, que retoma la anterior iniciativa pero que, según los legisladores, es más amplia.
«La actual gestión no quiere dar el debate sobre los embriones. Hay claramente presión de la Iglesia. En muchos países esto de si el embrión es persona o no ni siquiera se debate, porque hablan de preembrión, al que definen como la conjunción del óvulo con el esperma; al hablar de preembrión se le saca la connotación moral y religiosa y es mucho más fácil regular», señala en una charla con Acción Marisa Herrera, abogada e investigadora adjunta del CONICET, quien además participó de la redacción de normas como la ley de matrimonio igualitario, la de fertilización asistida y el nuevo Código Civil.
Posiciones encontradas
Sin dudas el destino de estos miles de embriones, que permanecen vitrificados en nitrógeno líquido, debe sortear el inagotable debate respecto de si pueden ser considerados como personas. Para Juan Carlos Tealdi, médico y director del Programa de Bioética y Comité de Ética del Hospital de Clínicas José de San Martín, el estatuto del embrión tiene dos aspectos: uno moral y otro jurídico.
«El estatuto moral no está zanjado, hay muchas posiciones contrarias. Hay por un lado una postura más conservadora ligada al enfoque de la Iglesia Católica, aunque no exclusivamente, que le quiere otorgar al embrión, desde el mismo momento en que se fusiona el material genético masculino y femenino, el estatuto de persona, en un sentido que se traslada a lo jurídico. La tradición más liberal adopta una posición gradualista, es decir, el embrión tiene biológicamente un desarrollo y de acuerdo con esto la protección jurídica va variando, es decir, de acuerdo al momento de su desarrollo. Para la postura más conservadora, la protección sería total desde el mismo momento de la concepción, de esto se desprende la oposición al aborto», sostiene en diálogo con Acción.
Desde el punto de vista jurídico, sostiene el especialista, el derecho internacional comparado en las democracias liberales entiende que el estatuto jurídico del embrión merece por parte del Estado una protección gradual, es decir, que al principio no es tan fuerte y a medida que el embrión se desarrolla el Estado tiene un interés cada vez mayor en proteger. En 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos tuvo que dirimir en el caso Artavia Murillo y otros contra el Estado de Costa Rica. En ese momento los demandantes reclamaban el acceso a tratamientos de fertilización asistida y su cobertura por parte del Estado costarricense. Lo que hizo la CIDH fue establecer algunas definiciones relevantes para el caso, como por ejemplo la de la «concepción», «persona» y el «estatuto legal del embrión».
«La Corte Interamericana también entendió que desde el día que se produce la fusión del óvulo y el espermatozoide y hasta el día 14, aproximadamente, cuando ocurriría la implantación, el embrión es vida humana y merece respeto, pero no es persona», indica Tealdi.
«¿Dónde se abre el problema ético y jurídico del embrión congelado? En el supuesto del descarte. La posibilidad ética y jurídicamente aceptable para descartarlos sería que, pasados 5 o 10 años, las garantías de viabilidad biológica de ese embrión, y social, por qué no, no estarían dadas, porque si la familia que lo congeló ya tiene 60 años o más carece de sentido que quieran tener otro hijo. Bajo este supuesto se permite desecharlos. Pero en general, la tónica es de doble moral o de moral oculta porque nadie toma decisiones. El Reino Unido las ha tomado y ha dicho que pasados tantos años se desechan», sostiene Tealdi. Por otra parte, agrega el especialista, es vida pero conservada bajo determinados supuestos técnicos que con el paso del tiempo abren cada vez más la posibilidad de un fallo biológico, entonces casi por una cuestión preventiva se descartan.
«Claramente, las objeciones a la ley de regulación especial que se presentó y que está próxima a caerse son por el lado del embrión. En Argentina hay 20 mil embriones congelados en centros de reproducción asistida y hay que tomar una decisión, además, se sabe que el 80% de estos embriones, aun transferidos, no van a implantarse», sostiene Sergio Papier, presidente de la Asociación Latinoamericana de Medicina Reproductiva (ALMER).
Consentimiento informado
De acuerdo al nuevo proyecto de ley próximo a presentarse en Diputados, los tejidos, gametos y embriones criopreservados pueden tener los siguientes destinos: ser utilizados por los titulares para posteriores tratamientos; donados con fines reproductivos; donados con fines de investigación o cesar su criopreservación”. Claro que “la utilización de los embriones o de los gametos o tejidos criopreservados, para cualquiera de los fines citados, requiere el correspondiente consentimiento informado, libre y formal de conformidad”.
«La realidad es que algunas personas siguen manteniendo los embriones congelados porque no saben si el día de mañana van a querer o no volver a retomar el proyecto y pagan cientos de dólares por año para la criopreservación. Otros retiran los embriones diciendo que los van a llevar a otro lado. Pero nadie saca y pone en riesgo la criopreservación al trasladarlo de un lugar a otro, se sabe que esto se hace para desecharlos. Creo que el debate de si el embrión es persona o no ya está superado, porque la propia ley de cobertura médica, la 26.862, dice claramente que se puede criopreservar embriones, donar embriones y revocar tu consentimiento hasta antes de la transferencia. Si se pueden hacer esas tres cosas, de base no son personas, porque no puedo congelar a las personas, menos donarlas, y mucho menos revocarlas. Si el embrión fuera persona se debería decretar ya la inconstitucionalidad de la ley de cobertura médica de tratamientos de fertilización asistida», concluye Herrera.