12 de octubre de 2024
A partir de este viernes las facturas de servicios públicos de todo el país no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, como tasas e impuestos. La resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma que se cumplen este viernes.
De esta forma, informó Tiempo Argentino, solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio. Las empresas que no cumplan con la normativa podrán ser multadas.
La resolución de Comercio se complementa con las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) publicadas esta semana, en las que se prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos a los servicios prestados.