16 de enero de 2026
El Gobierno nacional estableció un nuevo régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias para las exportaciones de metales preciosos oro, plata y platino. La medida alcanza a las operaciones de salida de estos metales preciosos que tengan como finalidad el procesamiento, refinación o depósito en el exterior para su posterior venta. El nuevo esquema fija una alícuota del 1% que se aplicará sobre el valor utilizado para determinar los derechos de exportación. La Dirección General de Aduanas actuará como agente de percepción en estas transacciones, las cuales comprenden a los metales en cualquiera de sus etapas de elaboración, incluyendo el denominado bullón dorado. Según los considerandos de la medida, el objetivo es garantizar mecanismos de fiscalización y prevenir maniobras que afecten el interés fiscal en un sector estratégico para la generación de divisas.
