3 de septiembre de 2021
La Corte Suprema de Justicia avaló un reclamo de la AFIP por el pago de impuestos a las ganancias contra la empresa Molinos Río de la Plata por el giro comercial de sus subsidiarias otros países latinoamericanos. El reclamo se inició en 2001 por una operación que data de 2003, cuando la forma constituyó una subsidiaria en Chile a la que transformó en controlante de las sociedades en Uruguay y Perú. Entre 2004 y 2009 alegó que los dividendos de esas firmas estaban amparados en un convenio para evitar doble imposición establecido entre Argentina y Chile en 1976. Pero la AFIP halló que había un caso de abuso ya que tampoco abonaba el impuesto correspondiente en el país trasandino. El caso pasó por todas las etapas judiciales previas, que dieron la razón al órgano recaudatorio hasta que recaló en el máximo tribunal, que con los votos de Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, el voto concurrente de Ricardo Lorenzetti y la disidencia de Carlos Rosenkrantz, confirmó el reclamo de la AFIP. El fallo interpretó que la postura asumida por Molinos era «abusiva e irrazonable», ya que no se amparaba de buena fe en el tratado internacional, sino que de ese modo no pagó el impuesto a las ganancias ni en Argentina ni en Chile.