24 de octubre de 2025
La Corte Suprema de Justicia de la Nación advirtió hoy que las extensas prisiones preventivas en causas por delitos de lesa humanidad deben estar debidamente justificadas con «indicios concretos» de riesgo procesal, al considerar que prolongar el encierro sin fundamentos suficientes implica una «pena anticipada» y una violación al debido proceso. El pronunciamiento del máximo tribunal surgió en el marco del caso de Carlos Ernesto Castillo, alias «El Indio», un civil de 72 años que integró la Concentración Nacional Universitaria (CNU), y que permanece detenido con prisión preventiva desde diciembre de 2013, en el marco de una causa por secuestros y homicidios ocurridos antes del golpe de Estado de 1976. La Corte resolvió sobre una nueva prórroga dictada en mayo de 2025, lo que eleva a casi 12 años su detención preventiva, pese a que el plazo máximo previsto por ley es de 3 años. En su resolución, la mayoría integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y los conjueces Abel Sánchez Torres y Alejandro Tazza sostuvo que «un Estado de Derecho no puede trasgredir las garantías del debido proceso sin degradarse a sí mismo en ese acto», y enfatizó que las prisiones preventivas deben basarse en riesgos procesales reales y no en la sola gravedad del delito imputado.
