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Ecuador reglamentó la eutanasia

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) de Ecuador publicó este viernes el reglamento para el procedimiento de la eutanasia, en cumplimiento con la sentencia de la Corte Constitucional que legalizó la muerte digna a petición de la ciudadana Paola Roldán, de 42 años, que falleció el pasado 11 de marzo a causa de la esclerosis lateral amiotrófica que padecía.
En vida Roldán pidió declarar la inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal, que se refiere al homicidio simple y se sanciona con prisión de entre diez y trece años, detalló el portal Telesur.
Roldán había solicitado la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal sobre homicidio simple, que prevé una pena de entre diez y trece años de cárcel. La sentencia de la CC del 7 de febrero le permitió tener una muerte “digna” y dio a las autoridades 60 días para promulgar las normas bajo las cuales los médicos aplicarían este último tratamiento, indicó la agencia Mercopress. En adelante, la muerte resultante de la aplicación de la eutanasia se considerará muerte natural, se explicó.
El texto del MSP establece los requisitos para acceder a la eutanasia, reservada desde la sentencia de la CC para personas que padezcan de una enfermedad grave e incurable o una lesión corporal irreversible que cause constante sufrimiento y dolor al paciente.
La normativa cuenta con 24 artículos y en ella se establece, entre otras cosas, los requisitos para solicitar el proceso para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria.

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