21 de mayo de 2025
El Gobierno retoma parte de lo que fue rechazado del DNU 70/2023 y, mediante otro decreto en el Boletín Oficial, busca limitar el derecho a huelga. A través de la publicación del 340/25 referida al régimen de la marina mercante, amplía el listado de actividades esenciales hasta casi prohibir el derecho constitucional a protestar. El decreto del Gobierno establece dos tipos de grupos para los servicios: establece a los esenciales −aquellos que deben garantizar un 75% del servicio−; y a los trascendentales −aquellos que deben llegar al 50%−. Entre los dos, sin embargo, enumera una extensa lista de servicios que van desde el servicio hospitalario, los servicios aduaneros y migratorio, la aeronáutica comercial hasta la producción de medicamentos, los servicios de radio y televisión y la industria alimenticia.