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El RIGI, reglamentado

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El Gobierno publicó este viernes la reglamentación del Régimen de Incentivo de las Grandes Inversiones (RIGI) en el Boletín Oficial. A través del decreto 749/2024, quedó establecido que las empresas que quieran adherir tendrán dos años para hacerlo y el Poder Ejecutivo quedará autorizado a extender ese plazo por hasta un año. Serán ocho los sectores que podrán formar parte del beneficio –forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía y el rubro de petróleo y gas- a los que se les exige un mínimo de inversión de US$ 200 millones, pero hay algunas excepciones. En cuanto a la parte impositiva, habrá una reducción del Impuesto a las Ganancias al 25%; se buscará una amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura y los quebrantos impositivos no absorbidos dentro de los primeros cinco años podrán ser transferidos. Habrá una devolución de saldos a favor de IVA en un plazo no mayor a tres meses, y además, se permitirá el cómputo del 100% del impuesto sobre Débitos y Créditos Bancarios como crédito en Ganancias.

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