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Fallo en favor del DNU 690

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La titular del juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, María Alejandra Biotti, reafirmó la validez del decreto que declaró como servicios públicos a las telecomunicaciones e Internet durante la pandemia de COVID-19 y que establecía la regulación estatal sobre sus tarifas. «La declaración de inconstitucionalidad de una norma –aseguró el fallo– es un acto de suma gravedad institucional que debe ser visto como última ratio del ordenamiento jurídico», y debe «ser fundado sobre la base del perjuicio que la disposición le acarrea a la generalidad de las personas, mas no de aquel que solo se proyecta sobre algunas de ellas», expresó la magistrada al argumentar su rechazo al pedido de inconstitucionalidad de la empresa Telefónica al Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20. En diciembre de 2020, el Ente Nacional de Comunicaciones, en cumplimiento del decreto, emitió dos resoluciones: la creación de la prestación básica universal para los grupos socioeconómicos vulnerables, y el descongelamiento de los precios de los servicios con un incremento de 5% para el primer mes del 2021.

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