2 de septiembre de 2024
El Gobierno hizo hoy cambios por decreto en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública y limitó los datos que pueden ser solicitados a través de este mecanismo. La nueva norma incluye entre sus objetivos la necesidad de delimitar «el alcance del concepto de “información pública”, que comprende cuestiones de interés público ligadas a la actividad estatal y su control, y excluye por su propia naturaleza a la información que hace al ámbito privado del funcionario o magistrado, especialmente cuando la solicitud pretende ingresar a una esfera típicamente doméstica». En el decreto publicado hoy se introduce además un artículo referido a la «buena fe». Dice: «La violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación». Ese artículo, habilita a los jueces a imponer «indemnizaciones» a quienes hagan un ejercicio abusivo de un derecho. La publicación en el Boletín Oficial puso en alerta a organizaciones de la sociedad civil especializadas en acceso a la información pública, que expresaron su «preocupación» por el decreto y dijo que olvida que el principio fundamental «es que la información se presume pública y el secreto es la excepción».