28 de octubre de 2025
El Gobierno formalizó modificaciones en la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, actualizando montos y parámetros que rigen a las operaciones internacionales. La normativa eleva a $500 millones el monto anual desde el cual los contribuyentes deben informar las operaciones internacionales realizadas a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Además, las transacciones llevadas a cabo con sujetos vinculados del exterior y jurisdicciones no cooperantes o de baja/nula tributación quedarán exceptuadas de presentar declaraciones especiales si no superan los $150 millones en conjunto o los $15 millones por operación. Asimismo, el decreto redefine los «bienes con cotización», incorporando precios de referencia de mercados nacionales e internacionales, y establece la obligación de registrar electrónicamente los contratos de exportación dentro de los 60 días desde el embarque.
