8 de julio de 2021
El Gobierno nacional dispuso modificaciones en el sistema de libre elección de las obras sociales de los trabajadores entre las cuales, quienes inicien un vínculo laboral «deberán mantener durante al menos un año la prestadora médica de su actividad antes de disponer de la opción de cambio». De esta forma, el artículo 4 del Decreto 438/2021 publicado este miércoles en el Boletín Oficial sustituye al Decreto N1400/01 que permitía que la opción se ejerza desde el momento mismo del inicio de la relación laboral. Las modificaciones al sistema fueron publicadas en la norma firmada por el presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.