21 de diciembre de 2025
La prohibición de venta y uso de pirotecnia de alto impacto sonoro, así como también de los globos aerostáticos utilizados como fuegos artificiales comenzó a regir en toda la provincia de Buenos Aires, tras la reglamentación de ley 15.406. La norma fue aprobada en diciembre pasado en la Legislatura bonaerense tras un reclamo histórico de asociaciones de familiares de niños y niñas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y de agrupaciones defensoras de los animales.
“Prohíbase en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”, establece la Ley publicada en el Boletín Oficial, informó el portal eldiariodetandil.com.
Según se explica, la normativa, que consta de 17 artículos, tiene como objetivo “proteger la salud, el bienestar de la población y el ambiente”.
El impedimento de comprar y usar fuegos artificiales también rige para el sector público “en los eventos y/o espectáculos que organice”.
Además, quien la incumpla “será sancionado con multa equivalente al valor de entre cinco (5) y cincuenta (50) haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y el decomiso de la pirotecnia que tenga en su poder”.
