Opinión | A fondo

En manos de la Corte

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A casi cuatro años de su sanción, está cerca del final el intrincado periplo judicial de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Juristas y especialistas comprometidos con la democratización de la comunicación advertían en 2009, en medio de la alegría de los múltiples sectores sociales y políticos que impulsaron la ley, que no sería sencilla su aplicación integral. Preveían una serie de obstáculos legales que irían interponiendo los afectados por las limitaciones a la concentración sancionadas por el Congreso Nacional. No les faltó razón. Se abrió así una puja judicial desatada por la empresa más poderosa del país en el ámbito de la comunicación, con presencia también en otras actividades, que esconde sus intereses económicos bajo la bandera de la libertad de expresión.
En primer término, una cadena de medidas cautelares dispuestas por jueces de distintos puntos del país ante presentaciones del principal grupo de medios o de sus representantes en ciudades del interior bloquearon la aplicación de la ley. Luego, cuando la Corte Suprema estableció un plazo final para las cautelares –el fallido 7D– la causa fue encontrando un camino de definiciones. El juez nacional de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal Horacio Alfonso dictaminó la plena constitucionalidad. Apelado el primer fallo de fondo sobre la disputa, la causa recayó en la sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Sus integrantes, María Susana Najurieta, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni, fueron consecuentes con lo que se esperaba de ellos –su cercanía con las posiciones de la empresa demandante eran conocidas públicamente– y fallaron a favor del Grupo Clarín, el pasado 17 de abril, dejándolo a salvo de la regulación antimonopólica dispuesta por los legisladores. Hicieron suyos los argumentos planteados por el perito económico que actuó por parte de la empresa y sentenciaron que «destruir la sustentabilidad financiera de un medio independiente, disminuyendo su capacidad competitiva» es equivalente a «restringir por vía indirecta la libertad de expresión y de información».
Las consecuentes apelaciones ante este fallo llevaron la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pocos días antes de la feria judicial de invierno, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, emitió su dictamen y quedó cumplido, de este modo, el último paso previo al pronunciamiento de la Corte. Gils Carbó dictaminó a favor de la constitucionalidad de la ley con argumentos medulares que refutan una a una las fundamentaciones de la Cámara, cuya sentencia calificó como «arbitraria». «El análisis de sustentabilidad económica parte de la premisa de una situación de concentración, cuyo mantenimiento es inconcebible en el marco de un gobierno democrático», manifiesta la procuradora.
La Corte tiene ahora la palabra. Muchas son las especulaciones que circulan acerca de su fallo, que saldrá a la luz, probablemente, en medio de una campaña electoral. Sin embargo, el máximo tribunal ya estableció parámetros que cuesta imaginar cómo podrían contradecirse ahora. Cuando se pronunció acerca de las cautelares y dispuso un plazo final para su vigencia, el 22 de mayo del año pasado, la Corte expresó: «la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en sus escritos no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión. Ello resulta necesario porque en todo el derecho comparado existen normas de organización del mercado en el campo de los medios de comunicación, sin que su constitucionalidad haya sido cuestionada de modo genérico».
Es decir que, para la Corte, el diferendo pasa por una disputa económica. Lo que estaría en juego, entonces, es la capacidad del Estado de regular el grado de concentración de una actividad que, además de sus efectos económicos, tiene fuerte impacto en el cumplimiento cierto y cabal de un derecho social: el derecho de la comunicación e información que tiene cada uno de los argentinos.

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