Economía | REFORMA LABORAL

Freno a la desprotección

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Daniel Víctor Sosa

El regresivo giro en el mundo del trabajo, impulsado por el Gobierno y rechazado por la CGT, fue declarado inconstitucional, pero la última palabra la tendría la Corte Suprema de Justicia.

Relaciones laborales. Con una clara impronta patronal, la reforma desampara a los trabajadores, a la vez que boicotea toda actividad sindical.

Foto: Horacio Paone

El senador de Unión por la Patria, Mariano Recalde, alentaba en mayo del año pasado una iniciativa para «introducir mejoras en el mundo laboral». El proyecto proponía, entre otros cambios, una semana laboral de cuatro días y reducir de 48 a 36 horas el tiempo de trabajo durante ese período. El objetivo, según se fundamentaba, era «incrementar la productividad, disminuir costos empresarios y accidentes, y permitir una mejor distribución del empleo, así como de la conciliación entre la vida personal y laboral». Otros beneficios previstos se referían a «la redistribución de la riqueza, la disminución de la siniestralidad laboral y el aumento del presentismo», además de mejoras ecológicas y sanitarias. El entonces jefe del interbloque de Juntos por el Cambio, el radical Alfredo Cornejo, rechazó la propuesta con el argumento de que «los argentinos hoy necesitan trabajar más por el desastre económico que dejó el Gobierno». Al proyecto de Recalde se sumaron otros, como el del sindicalista y diputado Hugo Yasky. La CGT, a la vez, llamó a «discutir un esquema de relaciones laborales que debata la reducción de la jornada laboral, como un instrumento que estimule el empleo y distribuya mejor el beneficio extraordinario del capital».
Siete meses después el nuevo gobierno de La Libertad Avanza presentó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que incluyó un plan reformista diametralmente opuesto, con un decidido recorte de derechos laborales. «Modernizar» la legislación, se planteaba, resolverá los problemas de empleo, el trabajo informal y los bajos salarios. El camino propuesto por el Gobierno nacional, sin embargo, quedó muy pronto invalidado por la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que declaró su inconstitucionalidad, tras el amparo presentado por la central obrera.
Según la Cámara, no están dados los requisitos de excepcionalidad para que el Poder Ejecutivo legisle en esta materia y no había impedimento para que sesionara el Congreso. Tampoco existen elementos que justifiquen la afirmación gubernamental de que la reforma se orienta a la generación de empleo formal.
La primera sala de feria que intervino había dictado una medida cautelar que dejaba en suspenso todas las disposiciones sobre trabajo del DNU. Luego, la jueza de primera instancia, Liliana Rodríguez Fernández, invalidó seis artículos del decreto. Ese grupo incluía las limitaciones al derecho de huelga, la realización de asambleas, las convenciones colectivas, la posibilidad de despidos por bloqueos y tomas, la eliminación de las horas extras y la exigencia de consentimiento para el aporte solidario sindical. Esa sentencia dejaba afuera cambios, como la reducción de indemnizaciones por despido, la creación de un fondo de cese laboral, la extensión del período de prueba (de tres a ocho meses), la reducción de multas para los empleadores y el desconocimiento de los tercerizados como empleados, entre otros aspectos.
Esta semana, sin embargo, los camaristas de feria de turno, Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, plantearon que el DNU deja abierta la posibilidad de vulneración de derechos, al contemplar «la afectación de los contratos de trabajo de todos y cada uno de los trabajadores alcanzados por las derogaciones y modificaciones legislativas contempladas». Tampoco puede sostenerse en modo alguno, continuó la Cámara, «que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso o que no se halla sujeto al control judicial». En la otra punta de la controversia, es previsible que el fallo sea apelado por la Casa Rosada. Por ahora, nada cambia en la normativa laboral, aunque la última palabra la tendría la Corte Suprema.

Retrocesos
Según el análisis de especialistas, como la socióloga e investigadora del Conicet, Ianina Harari, el decreto del presidente Javier Milei da vía libre al trabajo informal al eliminar las indemnizaciones por trabajo mal o no registrado. Además, se eliminan sanciones para empleadores que no cumplen con ciertas obligaciones, como el pago de aportes. Otra vía de reducción de costos de la litigiosidad (para las empresas) tendría lugar por la eliminación de multas y facilidades de pago de juicios y deudas. De modo simultáneo se auspicia una mayor precarización a través de la mencionada extensión del período de prueba, que además dejaría de computarse como tiempo de servicio. También se modifica la responsabilidad solidaria: se establece que los tercerizados son empleados de la empresa que los contrata y no de la que usa sus servicios.
Otra regresión tiene como eje central la eliminación de la presunción de relación laboral cuando un monotributista factura frecuentemente, durante un período de tiempo, a una misma empresa. También se crea la figura de «trabajador independiente», que puede contratar hasta otros cinco «trabajadores independientes». Esto habilitaría a empleadores a utilizar la modalidad, sin reconocer la relación de dependencia. Por su parte, en el ámbito público, el Gobierno también está buscando facilitar los despidos. No solo ya comenzaron los despidos de contratados, también se busca avanzar sobre trabajadores de planta permanente, mediante la Ley Ómnibus.
El DNU contempla, además, una serie de medidas que apuntan a reprimir la actividad sindical en los lugares de trabajo. Una muy grave es la limitación del derecho a huelga en la casi totalidad de actividades. Además de ampliar el listado de actividades declaradas como servicios esenciales, se agregan los trascendentales. Esta limitación se extiende a actividades insólitas, como el comercio electrónico, un regalo para Galperín. También se prohíben medidas de acción directa, como el piquete de huelga o la toma de establecimientos.
La reforma laboral que propone Milei es un ataque a la clase trabajadora a medida de los empresarios. No es novedosa, porque profundiza las reformas previas, cuyos resultados estuvieron lejos de mejorar el empleo. No implica modernización alguna, sino más bien un retroceso al pasado, donde no existían estos derechos y la situación de los trabajadores era deplorable. Además, existe ya un 40% del mercado de trabajo que funciona sin regulaciones laborales, tal como pretenden los liberales. Los trabajadores en esa situación cobran salarios más bajos y tienen peores condiciones laborales. Estas medidas constituyen falsas soluciones a problemas cuyo origen no es la legislación laboral, sino la dinámica de la economía argentina, marcada por las crisis recurrentes. No van a crear más trabajo, disminuir el trabajo informal o mejorar los salarios. Lo que se busca es dar un nuevo giro a la tuerca de la explotación. Solo va a provocar que los trabajadores desciendan un nuevo escalón en la escalera de la degradación de sus condiciones de trabajo y de vida.

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