Política

Otra vez la impunidad

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El fallo de la Corte, que aplica la ley de dos por uno a un genocida, configura un grave retroceso en el juzgamiento de los crímenes de la dictadura cívico-militar. Amplio rechazo de organismos de derechos humanos, partidos políticos y organizaciones sociales.


Nueva mayoría. Rosatti, Highton, Lorenzetti, Maqueda y Rosenkrantz: el máximo tribunal del país benefició al represor Luis Muiña. (Télam)
El fallo de la Corte Suprema, que redujo la pena al represor Luis Muiña –sentenciado por crímenes de lesa humanidad como integrante de la patota que en 1976 asaltó el Hospital Posadas– mediante el ardid de aplicarle la derogada ley del dos por uno, generó el repudio unánime de los organismos defensores de los derechos humanos, de las organizaciones gremiales y sociales, de la mayoría de los partidos políticos y hasta del propio gobierno nacional que intentó despegarse de un hecho que, empero, habría planificado minuciosamente. Los fundamentos de la mayoría, integrada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton, se basan en una supuesta igualdad ante la ley, una cabriola jurídica que pretende que debe aplicarse la norma penal más benigna, ya que el delito cometido en 1976 es permanente y, por tanto, también se incurrió en él durante la vigencia de la fenecida ley. La minoría, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, consideró que ese criterio no es aplicable a delitos permanentes, que deben ser sometidos a la última norma existente al momento del juzgamiento.
Como señaló Horacio Verbitsky en Página/12, «un aspecto asombroso del fallo es que buena parte de su razonamiento se refiere a los delitos permanentes, pero en ninguna parte del texto se explica qué tiene que ver con el caso del represor Luis Muiña. La mayoría afirma que la desaparición forzada de personas es un delito continuado mientras no se establezca el paradero de la víctima. Pero Muiña no fue condenado por desaparición forzada (en cuyo caso su pena no habría sido de 13 años), sino por privación ilegal de la libertad de cinco personas cuyo destino sí fue establecido, cosa que los jueces pasan alegremente por alto».
Antes de que se consumara este virtual indulto, los operadores de Cambiemos lanzaron varios globos de ensayo. El propio presidente que durante la campaña electoral había pontificado contra «el curro de los derechos humanos», dijo desconocer –ya en funciones– la cantidad de desaparecidos cuestionada por funcionarios menores que actuaron como portavoces del negacionismo. Posteriormente, Mauricio Macri intentó trasladar el feriado del 24 de marzo, pero el repudio que suscitó esa determinación lo obligó a dar marcha atrás. En el plano jurídico, los dos integrantes de la Corte, Rosatti y Rosenkrantz, que fueron designados por decreto –una decisión que ante las duras reacciones que se produjeron fue enmendada con el envío al Senado de los pliegos– comenzaron a operar sutilmente para condicionar a sus colegas.

Sin reconciliación
Paralelamente, la Iglesia inició una sibilina campaña en pos de la «reconciliación», que  fue subiendo de tono y llegó a su punto máximo cuando el presidente de la Conferencia Episcopal Argentina (CEA), José María Arancedo, aludió al papa Francisco para destacar «la actitud de la Iglesia de promover una cultura del encuentro y fortalecer lazos de amistad social».  «No tenemos que reconciliarnos, yo no agravié a nadie, fui agraviada con el asesinato de mi hija y el robo de mi nieto», sostuvo la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, en dura respuesta a la iniciativa eclesial.
Esta actitud de la jerarquía, coherente con su actuación durante la dictadura,  fue impugnada por el Grupo de Curas en la Opción por los Pobres, en un documento donde se sostiene: «No hay reconciliación entre víctimas y victimarios porque estos siguen afirmando que hicieron lo correcto, siguen sin dar información sobre los detenidos-desaparecidos, sobre los niños apropiados y persisten en una cadena de silencio y complicidad cuyas resonancias siguen día a día presentes en la sociedad».
Lo cierto es que nada es casual ni aleatorio. Rosenkrantz y Rosatti actuaron en consonancia con los intereses de quienes los postularon, tal como se esperaba de ellos. Pero Elena Highton sorprendió al borrar con el codo lo que escribió con la mano en 2009, cuando se discutía la aplicación de la ley más benigna ante el delito permanente de apropiación de niños. Tal vez sea una devolución de favores, ya que el macrismo resolvió no apelar una presentación de la magistrada en la que solicitaba permanecer en su cargo más allá del límite fijado en 75 años de edad para ejercer la función. Lo más grave es que no aportó fundamento alguno para justificar su pirueta.
Es remarcable que ningún jurista respetable  haya intentado justificar este fallo aberrante. Incluso los propios funcionarios gubernamentales intentaron despegarse de la maniobra. Pero hay, además, un aspecto central que no puede ser soslayado: la demora en la obtención de condenas firmes es responsabilidad de la propia Corte, que ha cajoneado sentencias de los tribunales inferiores y demorado juicios considerados fundamentales cuya resolución reclamaban insistentemente los familiares de las víctimas. Según la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, solo el 25% de los condenados tiene sentencia firme y 77 represores ya fueron absueltos porque no se hallaron testigos de sus crímenes o fueron lo suficientemente astutos para borrar sus huellas. Otro dato preocupante aportado por esa institución dice que, en un primer análisis, más de la mitad de quienes recibieron condenas están en condiciones de pedir su libertad.
No será fácil que la obtengan, es cierto, ni se trata de un trámite automático, como lo demostró el hecho de que las primeras presentaciones posteriores al fallo fueron desestimadas por los fiscales, e incluso en los fundamentos de uno de los rechazos se determina que la decisión es inconstitucional. El desafío ahora para  los integrantes de los tribunales orales federales es resolver un dilema del que depende la continuidad del proceso de Memoria, Verdad y Justicia. O rechazan la amnistía encubierta por ilegal e inconstitucional o se someten mansamente a las resoluciones de la nueva mayoría de la Corte, funcional a los designios del poder político.