Sociedad | Educación carcelaria

Derecho a estudiar tras las rejas

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Luciana Rosende

La prohibición del funcionamiento de centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal pone en riesgo herramientas esenciales para la reinserción de los privados de libertad. Una disputa en curso.

El CUD. El Centro Universitario de la Cárcel de Devoto tiene 40 años de historia. Hoy su futuro está en riesgo.

Foto: @PPNArg

En el taller de diseño gráfico que dicta Coco Cerella en el Centro Universitario de la Cárcel de Devoto (CUD) solía haber unos 40 estudiantes. Tras la publicación de la resolución 372/2025 del Ministerio de Seguridad, que prohíbe el funcionamiento de centros de estudiantes en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal (SPF), no están asistiendo más de diez. Pese a una orden judicial de mantener el funcionamiento de esos espacios hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el tema, en los hechos el derecho a estudiar para personas privadas de su libertad ya se está restringiendo. 

La resolución dictada por la cartera que comanda Patricia Bullrich apunta a limitar el derecho a estudiar en las cárceles a las horas curriculares, anulando los centros de estudiantes y todo lo que funciona bajo su órbita: talleres, asesorías, tiempo en la biblioteca, horas de estudio lejos del ruido y el contexto de los pabellones. El argumento es que la permanencia en esos sitios «impide que realicen las tareas obligatorias a los fines de la reinserción social, en particular, tareas laborales».

«De tener 40 anotados, no están viniendo más de diez. En el taller que da otro colega, de 53 inscriptos, fueron nueve. Nunca se los incentiva, pero este tipo de situación termina de romper todo tipo de motivación», cuestiona Cerella, quien da clases en la cárcel desde hace doce años. Dicta un taller extracurricular donde enseña, entre otras cosas, comunicación y difusión de proyectos propios, herramientas para una posible salida laboral. Cuenta, por caso, sobre Cooperativa Esquina Libertad, una iniciativa de imprenta, encuadernación y editorial que se gestó en el CUD y continuó en el afuera. 

«¿Qué sentido tiene desarticular un espacio universitario en la cárcel, que es de las pocas herramientas que tiene el sistema para sacar pibes adelante?», se pregunta el docente.


Ni justicia 
El juez Mariano Iturralde, al frente del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 16, hizo lugar parcialmente a la medida cautelar presentada por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y otros organismos de derechos humanos, y suspendió la aplicación del artículo 2 de la Resolución 372 que reducía el acceso de personas presas a los centros universitarios instalados exclusivamente al horario de clases. Esto se dio mientras tramita una acción de hábeas corpus interpuesta por la PPN en favor de todas las personas privadas de su libertad que cursan estudios universitarios en el ámbito del SPF, que sigue su curso luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocara –el 24 de abril– un fallo muy criticado del juez Sebastián Ramos, quien había dictaminado que la PPN no estaba legalmente legitimada para asumir la representatividad de los presos en cárceles federales por violaciones a sus derechos.

«Si bien el juez en la medida cautelar dijo que hasta que no se pongan de acuerdo –la UBA y el SPF en cuanto al tiempo necesario de permanencia en los centros de estudiantes– no cambien nada, en la práctica hay algunas cuestiones de detenidos que no bajan a cursar, que están en la lista y no los bajan. El viernes 25 esto se presentó ante el juzgado, porque en la práctica hay restricciones», afirmó Ariel Cejas Meliare, procurador penitenciario adjunto de la Nación, en diálogo con Acción

Oportunidades. 8 de cada 10 personas privadas de su libertad que pasan por el programa UBA XXII no vuelven a delinquir.

Foto: @PPNArg

Destacó que el CUD está cumpliendo 40 años, y que si bien «en los primeros años hubo resistencias, después siempre fue avanzando y consolidándose y la UBA cada vez fue agregando más carreras, tecnicaturas, talleres extracurriculares». Por esos espacios pasan aproximadamente mil personas privadas de su libertad por año. Todo eso tambalea por la resolución de Bullrich.


Derecho a organizarse 
La abogada Claudia Cesaroni, fundadora del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos (CEPOC), remarca que «las personas privadas de su libertad pierden teóricamente su libertad ambulatoria, pero no el resto de los derechos, y eso incluye tanto el derecho a estudiar como a organizarse como estudiantes». Además, cuenta que en Devoto quienes integran el centro «son los que abren las puertas de las aulas, aseguran que los otros estudiantes bajen, que se produzca el movimiento entre el pabellón y el centro universitario, que les llegue la bibliografía. Cumplen tareas de bedelía, por llamarlo de alguna manera».

Matías, secretario académico del CUD, terminó la primaria en contexto de encierro y continuó hasta llegar a la universidad y recibirse de abogado. «Pude graduarme y ahora, en mi tiempo libre, brindo asesoramiento legal gratuito a quienes no comprenden sus procesos judiciales. Eso me da una práctica valiosísima para cuando recupere mi libertad», cuenta desde Devoto. 

«La imposibilidad de quedarnos en el centro durante nuestro tiempo libre afecta muchísimo nuestra educación. Imagínate, no tener los apuntes en papel porque la UBA tiene un presupuesto muy limitado (otro gran problema que nos trajo esta política). Todo el material está online, ¡pero no tenemos computadoras en los pabellones! Además, el ritmo de vida en los lugares de alojamiento es completamente diferente, lo que hace casi imposible concentrarse para estudiar», describe. 

Cuestiona el impacto de la medida no solo para quienes estudian, sino para la sociedad en general: «Lo peor es que mucha gente de afuera se compra esos discursos sin ver el daño que hacen estas políticas. Las cifras no mienten: 8 de cada 10 que pasan por el programa no vuelven a delinquir».


Segunda oportunidad 
Pablo es estudiante de cuarto año de la Licenciatura en Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, vocal y bibliotecario del Centro de Estudiantes Universitaries de Ezeiza (CUE). Desde allí opina que «en las cárceles es muy evidente el desinterés del servicio penitenciario en razón de que la persona privada de libertad estudie, y por ello pone una innumerable cantidad de obstáculos a fin de que no suceda. Por ejemplo, presiona para que desista de estudiar y se dedique a realizar tareas laborales que son para sus intereses económicos y de confort, exigiéndole que les limpien y cocinen y se encuentren a su disposición toda la jornada; no informa ni promociona la posibilidad de inscribirse a una carrera universitaria, siendo el centro de estudiantes el que se encarga de la promoción de las inscripciones y del acompañamiento para la presentación de toda la documentación necesaria».

Derribar esas barreras, garantizar el acceso al derecho, proveer la estructura correspondiente y reducir el proceso burocrático forman parte de las recomendaciones realizadas desde el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) en 2022, tras un relevamiento en el que «se advirtió la existencia de desigualdades y obstáculos para que las personas privadas de su libertad accedan a la educación en todos los niveles».

Estudiar, y poder organizarse para hacerlo, tiene que ver para Pablo con «una segunda oportunidad, la posibilidad de poder obtener un título universitario y ser seguramente el primero en la familia, recuperar proyectos de vida, tener esperanza y saber que cuando uno se esfuerza tiene resultados. Todo ello teniendo en cuenta que la mayoría de les estudiantes PPL provienen de hogares muy humildes. Donde la palabra “oportunidad” brilla por su ausencia».

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