Acceso al misoprostol

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(SUBCOOP)

«En nuestro país, no existen medicamentos abortivos reconocidos formalmente por la autoridad sanitaria a pesar de que el artículo 86 del Código Penal establece algunos abortos como legales, que la Corte Suprema los reconoció como un derecho y que el Ministerio de Salud de la Nación recomienda prácticas medicamentosas de aborto»,  señala el Centro de Estudios Legales y Sociales en una presentación para que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentación y Tecnología Médica (ANMAT) reconozca al misoprostol –una «medicina esencial» para la salud sexual y reproductiva, según la Organización de la Salud– como un medicamento obstétrico y que establezca un mecanismo para asegurar el acceso al fármaco. A esta presentación, que aún no obtuvo respuesta, se acaba de sumar el reclamo del colectivo Católicas por el Derecho a Decidir, que exige la producción nacional y el acceso irrestricto tanto al misoprostol como a la mifepristona, indicados por el Ministerio de Salud  como alternativa terapéutica para la interrupción legal del embarazo en su «Protocolo para la atención integral de personas con derecho a interrumpir legalmente un embarazo».

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