Aclaraciones por el mal llamado «dólar terrorista»

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Recientemente, el Banco Central permitió el acceso al mercado de cambios para el pago de insumos críticos e importaciones que no superen el millón de dólares, una medida reclamada por sectores empresarios. Y en el mismo comunicado agregó un artículo que autorizaba a los beneficiados por reparaciones a la violación de derechos humanos durante la dictadura a comprar divisas al precio oficial para girarlas a sus lugares de residencia en el extranjero, sin pagar el impuesto del 30%. Primero en las redes y luego en los medios se presentó el tema, maliciosamente, como el estreno de un «dólar terrorista» o un «dólar desaparecido». Sin embargo, el organismo permite realizar estas operaciones a quienes cobren resarcimientos por ser víctimas o familiares de víctimas del terrorismo de Estado, pero el permiso es específicamente para quienes no viven en la Argentina sino en el exterior. Además, aunque pueden comprar dólares sin pagar el 30% del impuesto PAIS, solamente pueden hacerlo hasta el monto equivalente de la indemnización que se les otorgó en pesos, no cambiar y transferir sin límites moneda estadounidense. Es decir, se trata solo de una simple adecuación del BCRA a las leyes reparatorias en vigencia.

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