Debate codificado

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Diferencias políticas e interpretaciones contrapuestas acerca de los modos de combatir el delito detrás de la discusión por la reforma del cuerpo normativo sancionado en 1921.

 

Desde que la Presidenta de la Nación dijo en la Asamblea Legislativa del 1º de marzo que el Ejecutivo analizaba el anteproyecto de reforma del Código Penal y que lo enviaría al Congreso Nacional dio comienzo un debate político en el que se cruzaron corrientes de opinión bien definidas acerca de la relación entre la inseguridad, tema que según los analistas de opinión pública está a la cabeza entre las preocupaciones sociales, y el efecto que sobre ella podría tener un nuevo código penal. Por un lado, están aquellos que sostienen que es necesario el endurecimiento de las penas para combatir el delito. Y en la vereda de enfrente se ubican quienes entienden que las tasas de criminalidad no tienen vínculos directos con el peso de los castigos y formulan esquemas de análisis más complejos para esta problemática.
El proceso de elaboración del anteproyecto de reforma del Código Penal, que se encuentra bajo análisis del Poder Ejecutivo, como paso previo a la presentación de un proyecto de ley, se inició en 2012 cuando, mediante un decreto presidencial, se constituyó una comisión encabezada por el ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Zaffaroni, e integrada por el diputado radical Ricardo Gil Lavedra, la dirigente socialista y ex diputada María Elena Barbagelata, el ex ministro de Justicia León Arslanian, y el diputado del Pro Federico Pinedo. Todos son juristas reconocidos y expresan por su pertenencia política a un amplio espectro ideológico en el marco de los partidos con representación parlamentaria. Esta comisión presentó, el pasado 13 de febrero, el resultado de su trabajo a la Presidenta de la Nación. Estos son los pasos institucionales concretados hasta el presente, que podrían haber sido la antesala de una discusión profunda y amplia acerca de un cambio legislativo de fondo. Pero no fue así.
Para el abogado y profesor de Derecho en la Universidad Nacional de La Pampa Gustavo Arballo, la reforma «es necesaria por varias razones». En primer lugar, explica, «para volver a reunir en el “Código” los fragmentos de legislación penal que se han legislado en normas separadas. En segundo lugar, y relacionado con ello, para restaurar la coherencia que supone un código, en cuanto a proporcionalidad entre penas y bienes jurídicos. Esto implica la necesidad de depurar normas inconsistentes y obsoletas. Finalmente, existe la necesidad de hacer un ajuste integral a propósito de problemas nuevos o preexistentes que han cobrado nuevas dimensiones, como delitos ambientales o delitos corporativos». De igual modo, el jurista y sociólogo Roberto Gargarella señala que el código vigente es «vetusto» y se ha convertido «en un marco ineficiente, pero sobre todo irracional e injusto».
Los ataques más decididos contra la reforma se basaron en dos aspectos fundamentales. En primer término, el líder del Frente Renovador, Sergio Massa, instaló que el anteproyecto apunta a reducir penas y puso en marcha una campaña de recolección de firmas contra la iniciativa que concluiría con una consulta popular. No fue escollo para formular dicha propuesta que la Constitución Nacional establezca en su artículo 39 que «no serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal».

Lo cierto es que Massa trazó una división de bandos en el incipiente debate. Aunque casi todos los especialistas en la materia coinciden en que no existe relación directa entre la tasa de criminalidad y la legislación penal vigente, a partir de una jugada política de presumible corte electoralista, se corrió el eje de la discusión, apelando al miedo social a la inseguridad. Desde Acuerdo para una Seguridad Democrática –espacio multisectorial integrado por dirigentes políticos, legisladores de distintas bancadas, organizaciones sociales, sindicales y de derechos humanos, entre otros– salieron al cruce señalando que «se ha fortalecido un discurso oportunista de demagogia punitiva que intenta consolidar un endurecimiento represivo fuera de toda racionalidad democrática y especula con la desinformación de la opinión pública». También se hicieron oír voces del ámbito judicial. El ministro de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe, Daniel Erbetta, aclaró que «la pretensión de asociar al Código Penal con la reducción del delito o con la inseguridad es un recurso muy poco realista. Hoy tenemos un Código Penal con penas que ponen en duda su constitucionalidad. Son sanciones que van en contra de todas las convenciones internacionales y de principios constitucionales».
La otra objeción central a la reforma apuntó a la oportunidad de dar el debate en el presente tiempo político. Curiosamente, con la excepción del socialismo, tanto radicales como macristas se despegaron del proyecto que contó con la participación de dirigentes muy importantes de dichos espacios. El radical bonaerense Miguel Bazze opinó que «el trabajo de la comisión quizás sea excelente para otro país o para otro tiempo de la Argentina» y descartó que la posición del partido sea un desaire para Gil Lavedra porque ratificó que «nosotros creemos que es necesario avanzar en la modificación del código», pero no en este momento.


Por su parte, el jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri expresó –con el propio Pinedo a su lado– que su partido se oponía al debate porque debía hacerse «fuera de un contexto electoral». Vale preguntarse: ¿cuál es el período sin campañas si en 2014 no hay elecciones nacionales? El sistema político argentino impone elecciones legislativas cada dos años, y presidenciales cada cuatro. Es decir, hay un año electoral seguido de uno sin elecciones. La comisión se conformó en 2012, primer año del mandato presidencial de Cristina Fernández, en el que no hubo elecciones, y el proyecto llegaría al Congreso en 2014, muchos meses antes de las Paso y las presidenciales de 2015.
Quienes no retrocedieron de su intención de modernizar el código de 1921 fueron los socialistas. El diputado nacional, Hermes Binner calificó de picardía criolla la postura de Massa y expresó: «Es un tema de fondo, hay que ponerlo sobre la mesa y debatirlo». Con la polémica instalada, no faltaron comentaristas políticos que señalaron que el Gobierno retrocedería en su intención de transformar el anteproyecto en proyecto y enviarlo al Congreso. Sin embargo, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, ratificó que el Ejecutivo avanzaría con la iniciativa.

 

Paradojas
El anteproyecto, que está bajo consideración del Ministerio de Justicia y al que el Poder Ejecutivo puede modificar antes de enviar al Congreso –así ocurrió con el proyecto de reforma del Código Civil y Comercial, que tiene media sanción del Senado– reduce 116 escalas penales y aumenta 159, tipifica 89 nuevos delitos y despenaliza 17 conductas, según informó el coordinador de la comisión, Roberto Carlés. Los autores aclaran –en la nota que acompañó la presentación del trabajo– que «no se ha optado por ninguna regla general de mayor o menor punibilidad, sino que se propone disminuir o aumentar las escalas penales en la medida necesaria para evitar contradicciones axiológicas graves». Es más, Gil Lavedra admite que el anteproyecto «es más estricto que el código vigente», porque «hay más subas de penas que bajas».
Esto parece ir a contramano de las críticas más fuertes a la iniciativa. Es más, Roberto Gargarella señala que, a su juicio, si bien «el anteproyecto termina con desequilibrios insostenibles, y da algo de racionalidad a la obra, sigue siendo muy punitivista, lo cual es curioso porque se lo está criticando hoy por su exceso de permisividad». El jurista critica además que la discusión haya estado circunscripta a «una elite de personas más que respetables, pero en ausencia de toda discusión pública, lo cual no es responsabilidad de la comisión sino del proceso encargado por el Gobierno». Quizás no sea tarde aún para que esa discusión pública se produzca.
Por su parte, el grupo Acuerdo para la Seguridad Democrática, que difundió un documento en un acto realizado en el Senado, manifestó que «las políticas basadas en el aumento de penas y el mayor encarcelamiento no reducen la inseguridad ni desactivan las redes de criminalidad causantes de los delitos que más preocupan a la población. Esas son las políticas que fueron el eje de todas las reformas penales de los últimos 20 años en el país y sólo aumentaron la violencia. La falta de democratización de las fuerzas policiales produce día a día mayor violencia, altos niveles de corrupción y connivencia con el crimen organizado y una gran ineficacia para prevenir y reprimir el delito».
La mencionada falta de democratización de las fuerzas policiales no puede soslayarse en el debate, así como tampoco el lamentable estado de las cárceles en nuestro país. Además, el Estado incurre en flagrantes injusticias si se tiene en cuenta que el 70% de los 60.000 presos que se registran en la Argentina no tiene condena. Ninguno de los sectores que pugnan por más penas ha aportado hasta el momento propuestas que permitan la recuperación de quienes han cometido su primer delito a causa de malas compañías, adicciones o condiciones de vida marginales; una tarea que sería posible si se dotara de los medios suficientes al Patronato de Liberados –a punto de colapsar debido a la polémica entre la Corte y el Ministerio de Justicia acerca de su sostenimiento económico– o se creara algún otro organismo que impulsara y financiara microemprendimientos sustentables para iniciarlos o reintroducirlos en la vida laboral.

 

Acuerdos y disidencias
El anteproyecto, si se convierte en ley, aportaría algunas novedades a la legislación. A los cambios en escalas penales y los nuevos delitos, ya mencionados, se suma la inclusión del delito de genocidio, la eliminación de la libertad condicional y el concepto de reincidencia, la introducción del principio de insignificancia, que quita del circuito judicial hechos menores e irrelevantes, y el establecimiento de la punibilidad de personas jurídicas. Acerca de la libertad condicional, León Arslanian explicó que «hoy alguien condenado a 12 años, sale a los 8. Nosotros preferimos que esa persona cumpla el tercio remanente con otra pena: prisión domiciliaria, trabajos con la comunidad o lo que fuere útil». En tanto, el actual código no contempla la punibilidad de las empresas y personas jurídicas, que sólo pueden ser culpables en casos muy específicos como delitos tributarios, mientras que el proyecto establece la responsabilidad penal de personas jurídicas y las castiga con penas como multas, clausuras, suspensión de la posibilidad de participar en licitaciones públicas y cancelación de la personería jurídica.


En el anteproyecto, la comisión redactora dejó plasmadas algunas disidencias. Por caso, el diputado Pinedo no estuvo de acuerdo con la eliminación del concepto de reincidencia, mientras que la jurista Barbagelata planteó desacuerdos en diferentes artículos vinculados con cuestiones de género. La dirigente socialista recordó que el titular de la comisión, Eugenio Zaffaroni, había anunciado que el aborto no sería parte de esta reforma y que así lo había propuesto a la Presidenta a efectos de que este tema no bloqueara la discusión, como ocurrió hace ocho años, en 2006, cuando hubo un intento de modificación integral del código. El Ministerio de Justicia, durante el gobierno del entonces presidente Néstor Kirchner, constituyó una comisión técnica de altísimo nivel, coordinada por el juez de casación Alejandro Slokar (en ese momento, secretario de Política Criminal), con reconocidos especialistas en derecho penal. Aquel anteproyecto planteaba la despenalización de la tenencia de droga para autoconsumo y del aborto en los tres primeros meses de gestación, y el revuelo producido por esta medida resultó determinante para que no prosperase su tratamiento. Sin embargo, se quejó Barbagelata, en el actual proyecto se introdujeron modificaciones creando la figura del aborto culposo y lesión al feto, que motivaron su disidencia total en este punto.
Si se efectivizara lo anunciado por el jefe de Gabinete en cuanto al envío del proyecto al Congreso Nacional para su tratamiento legislativo, las semanas que vendrán serán determinantes para verificar si la reforma de una ley fundamental como el Código Civil tiene un debate a la altura que resulta indispensable para asuntos de gran trascendencia para la vida institucional del país.

Jorge Vilas

 

Antecedentes históricos

La Constitución Nacional sancionada en 1853 incluía un mandato de codificación que fue recogido 7 años después cuando se le encargó al jurista Carlos Tejedor, quien fue gobernador de Buenos Aires entre 1878 y 1880, la redacción de un proyecto de Código Penal. En el período previo rigieron, según los distintos momentos políticos, leyes y regulaciones no articuladas en un único cuerpo normativo. El proyecto de Tejedor no fue sancionado por el Congreso Nacional, aunque rigió en la ciudad de Buenos Aires a partir de su federalización y en casi todas las provincias por sanción de las legislaturas locales. En 1886, luego de realizado un nuevo proyecto que revisaba el texto de Tejedor, se sancionó la propuesta original como Código Penal de la Nación. En las décadas siguientes, se conformaron en distintas oportunidades comisiones redactoras para reformar el código pero no prosperó ninguna. Finalmente, tras un largo proceso de discusión, que recogió lineamientos y orientaciones de proyectos elaborados en 1891 y 1906, el Congreso sancionó el 30 de setiembre de 1921 el Código Penal. Promulgado por el entonces presidente de la Nación, Hipólito Yrigoyen, dicho cuerpo legal está vigente hasta el día de hoy aunque se le realizaron desde entonces alrededor de 900 enmiendas y modificaciones.

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