La mala reputación

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Libertad de expresión y privacidad se enfrentan en los casos de personas que exigen a los buscadores la eliminación de resultados que atentan contra su imagen. El «derecho al olvido» y las empresas que ofrecen sus servicios de «limpieza online».


(Pablo Blasberg)

Cuántas veces hemos ingresado en Google nuestro nombre para ver qué aparece? ¿Y cuántas veces hemos sentido el temor de no encontrarnos con lo que esperábamos? Hoy, son cada vez más las empresas  que ofrecen sus servicios de «limpieza online». ¿En qué consiste? Básicamente, rastrean el perfil de la persona que los contrata, encargándose de borrar aquello que pueda atentar contra su imagen. Historiales, fotos, foros, páginas apócrifas, problemas de homonimia… La lista es extensa, y el debate también. Como en Argentina no existe una regulación explícita en torno a la actividad de los buscadores, la decisión y posibilidades de bajar un contenido suele quedar en manos de los jueces, que entonces se enfrentan con una polémica tan vieja como internet: ¿libertad de expresión o derecho a la privacidad?
«Borramos tu pasado», «Si no borramos tus datos de internet, te devolvemos el dinero», «Nos encargamos de tu currículum online»… Las promesas son tantas como las consecuencias que hoy puede tener la publicación de un determinado contenido, desde la pérdida de un trabajo hasta problemas en la vida personal. «Hoy en día sos lo que Google dice que sos». Daniel Monastersky es abogado especialista en delitos informáticos y director de Identidad robada, una compañía que brinda asesoramiento en cuestiones de ciberseguridad y reputación online. Según cuenta, reciben un promedio de doce consultas por semana. Seis se corresponden con este tema. Los clientes van de políticos y empresarios a médicos o directores de universidades.
«Imaginate si de pronto encontrás que en una red social se dice que aceptás sobornos para habilitar títulos, el problema que te puede generar. Hoy el daño a la reputación es una de las consecuencias más grandes que tiene internet», opina, y recuerda el caso que le llegó desde una ciudad del Interior (prefiere no citar el nombre) donde lo consultaron porque había comenzado a circular una foto de contenido sexual: «En la ciudad eran muy pocos, todos vieron la foto. En realidad, era de una pareja, e incluso no eran menores. Pero los padres de la chica la terminaron mandando a estudiar a Europa y los otros mandaron al chico a Buenos Aires. Es decir, dos familias tuvieron que cambiar su vida completamente a partir de eso».
Ahora bien, la pregunta que surge es hasta qué punto se puede borrar toda la información y, claro, cuáles son los caminos legales para hacerlo. Y no es un tema menor. Alrededor de un billón de nombres son buscados por día en Google. De acuerdo con el reporte de Transparencia elaborado por la compañía, entre diciembre de 2009 y diciembre de 2015 las solicitudes de retiro de información por parte de tribunales y organismos gubernamentales aumentaron de 1.062 a 4.931 en todo el mundo.
Hoy, el debate se enmarca en lo que se conoce como «derecho al olvido», una definición que surgió tras una resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en mayo de 2014, donde se determinó que bajo ciertas circunstancias los residentes europeos pueden solicitar que los motores de búsqueda, como Google, retiren los URL (resultados de búsqueda) que incluyan sus nombres.

Responsabilidad
Sin embargo, en Argentina, la Corte Suprema se pronunció prácticamente en dirección opuesta. El caso se conoció como «Belén Rodríguez», una modelo que demandó a Google y Yahoo solicitando la eliminación de aquellos enlaces que erróneamente la relacionaban con sitios de oferta sexual, como así también una indemnización por las lesiones a su honor y el uso indebido de su imagen. Para nuestro máximo tribunal, los buscadores no fueron responsables por los contenidos. «Lo que entendió el tribunal europeo es que, en tanto indexa información, Google hace tratamiento de datos personales y, por lo tanto, debe estar sujeto a la Ley de Datos Personales. En realidad, el derecho al olvido es un falso derecho, porque más bien lo que plantea es una reparación, y la sentencia recibió bastantes críticas porque se entendió que ponía en juego la libertad de expresión», explica Agustina Del Campo, directora del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (CELE), de la Universidad de Palermo.
La organización participó en la elaboración de un proyecto para regular la responsabilidad de los buscadores de internet, ya que en Argentina no hay una norma específica, lo que deja el tema en manos de los jueces.  El texto, que fue presentado por la diputada Liliana Fellner y el presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, sostenía que los intermediarios no tienen «en ningún caso la obligación de monitorear o supervisar los contenidos generados por terceros». Sin embargo, finalmente, no avanzó.
«Hoy muchos prometen un montón de cosas pero eso no es serio, porque uno puede  eliminar contenido pero si no hay ninguna acción, las posibilidades de reincidencia son enormes. Por eso primero es necesario ver si la difusión de esa información configura un delito –aclara Monastersky, diferenciándose de otros servicios, como por ejemplo los de Brandyourself, una herramienta online que nos permite controlar el orden y la precisión de nuestros resultados de búsqueda en las primeras páginas de Google–. Para nosotros, los intermediarios no tienen nada que ver. Lo que hacemos es identificar la fuente de esa información, y si vino de algún bot o cuenta falsa, es muy difícil saber quién está detrás de eso como para tomar acciones. Imaginate un meme que está circulando por WhatsApp. ¿Cómo frenás eso?».
Al respecto, Del Campo coincide: «La estructura de internet es descentralizada. Por eso hay que identificar bien el enlace violatorio. Es técnicamente imposible para una empresa revisar todas las páginas donde ese contenido aparece. Lo que las Cortes en nuestro país han tenido en cuenta frente a esto, justamente, es que las solicitudes de baja sean específicas».  En este sentido, en su opinión, el debate debe enmarcarse en una pregunta: cuánto tiempo es relevante que una información sea pública. Para Monastersky también es necesario un marco legislativo, aunque tiene dudas sobre la dirección a la que debe apuntar: «En Europa se planteó un comité de expertos, pero donde tiene injerencia Google. De esa forma, en definitiva, le estás dando mucho poder a la plataforma. De lo contrario, la otra opción es la judicialización, pero eso implica que las personas tengan que pagar para acceder a un derecho. Evidentemente debería elaborarse una zona gris entre estas posibilidades, aunque hoy no creo que esté muy en claro cómo».

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