Principios al pizarrón

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Desde 1884, la legislación sugiere la enseñanza de los valores solidarios. Sin embargo, su presencia en las aulas es insuficiente. Las experiencias exitosas y lo que queda por hacer.

 

Aporte. En la escuela, el cooperativismo fomenta la ayuda mutua, la participación y la formación de ciudadanos responsables. (Walter Sangroni)

Las profundas transformaciones económicas, sociales y culturales operadas a partir de la segunda mitad del siglo XX incidieron sustancialmente en la educación a nivel global. En la Argentina, el modelo neoliberal consolidado en la década del 90,  que impulsó devastadoras políticas privatistas, alejó a la educación formal de su concepto de derecho y la puso al servicio de los intereses y las prácticas del mercado. En este periodo, no sólo se deterioró el sistema educativo en todos sus niveles sino que también lo hicieron las relaciones interpersonales, sembrando en la sociedad una creciente tendencia hacia el individualismo. En contraposición con este modelo, el movimiento cooperativo impulsó desde sus orígenes la difusión de sus principios y valores en las aulas, con el objetivo de formar personas comprometidas, con actitud democrática y participativa. Al mismo tiempo, buscó dar a conocer que existe otro modo de organizar el trabajo, la producción y la distribución de bienes y servicios. De hecho, el quinto principio cooperativo plantea «la promoción de la educación y la capacitación, no sólo a través de la transmisión teórica y conceptual sino también del ejercicio de la misma». «No hay educación cooperativa sin práctica cooperativa. Es como la democracia: no se declama, se ejercita», sostiene el docente y gerente general del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos, Edgardo Form, en el prólogo del libro Sinfín de principios, una publicación del Instituto de la Cooperación y Fundación Educacional (IDELCOOP), que plantea propuestas para la educación cooperativa en la escuela.
En la Argentina, diversas resoluciones y leyes, tanto nacionales como provinciales, exigen llevar el cooperativismo a las aulas. Ya la Ley de Educación Común  Nº 1.420, del año 1884, planteaba, en su artículo 42, la promoción del cooperativismo en la educación común. Luego vinieron otras normas que no prosperaron, y fue recién en el año 1964, durante la presidencia de Arturo Illia, cuando se sancionó la primera legislación específica: la Ley Nacional de Educación Cooperativa Nº 16.583, que declara «de alto interés nacional» la enseñanza de los principios del cooperativismo en las escuelas y afirma el valor del mismo como herramienta educativa. «El cooperativismo es una auténtica expresión de democracia y una escuela práctica para el ejercicio de las virtudes cívicas. Porque la democracia es más que la forma de gobierno: es una manera de vivir», rezan los fundamentos de la norma, que si bien fue reglamentada por decreto en 1965 y aún sigue vigente, nunca se implementó de manera sistemática. Intentos posteriores corrieron la misma suerte.
Gracias a la insistencia y la activa participación del movimiento cooperativo en la redacción de la actual Ley de Educación Nacional, sancionada en diciembre de 2006, se incluyó un artículo (el 90) que retoma el espíritu de la denominada Ley Illia, y expresa: «El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nº 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar».
Además de esta referencia explícita a la enseñanza del cooperativismo y del mutualismo, la norma establece en su artículo 11 que los fines y objetivos de la política educativa nacional son, entre otros, «la participación, la libertad, la solidaridad y el respeto por los derechos humanos, los cuales se encuentran en consonancia con los valores y principios propios de la cooperación y de la mutualidad».

 

Del dicho al hecho
«La Ley de Educación Nacional se plantea dentro de un marco educativo que viene de un sistema de descentralización, establecido en la década del 90, y que tiene un ministerio sin escuelas. Por otro lado, la aplicación de la ley depende de los acuerdos en el Consejo Federal de Educación y, luego, de una correcta adecuación de lo que establece el Consejo en cada jurisdicción», explica el licenciado en Ciencias de la Educación y director del Instituto de la Cooperación (Idelcoop), Pablo Imen, en relación con algunos de los obstáculos que encuentra la implementación formal del artículo 90. Si bien la norma es nacional, requiere de leyes provinciales que adhieran a sus postulados. Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, La Pampa, La Rioja, Salta, Río Negro, Santa Fe, Misiones y Santiago del Estero suscriben mediante sus leyes provinciales, aun cuando algunas de ellas todavía no cuentan con la reglamentación correspondiente. Otras como Formosa, Jujuy, Mendoza, Neuquén, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Tucumán, Tierra del Fuego y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en sus respectivas normas, no contemplan la educación cooperativa.
Más allá de la regulación o no de las leyes, articulados o resoluciones, numerosas provincias avanzaron en la incorporación de las ideas cooperativas en las escuelas; la mayoría con el apoyo de entidades solidarias locales ya constituidas y consolidadas en sus comunidades, a través de la creación de cooperativas escolares y de la inclusión de conceptos y contenidos cooperativos en las asignaturas (ver recuadro). Estos procesos de formación, instalación curricular y permanencia a nivel escolar también dependen de la voluntad y decisión de funcionarios de algunos organismos y gobiernos municipales o provinciales.

Otra bandera. Alumnos de la escuela
José María Paz, en Alcira
Gigena. (Bibiana Fulchieri)

«De acuerdo con nuestra experiencia de trabajo con los docentes, con el fin de acercarnos a la escuela, notamos que, desde el Estado, el tema de introducir el cooperativismo en el dictado de clases sigue siendo una asignatura pendiente», manifiesta Agustina Ronzoni, coordinadora pedagógica de Idelcoop. Sin embargo, según ella, es preciso «reconocer que hay numerosas acciones que van en ese sentido y que generalmente tienen que ver con el esfuerzo militante y la voluntad de dirigentes y docentes que lo llevan adelante, muchas veces en solitario». «Lo que está faltando –agrega la licenciada en Ciencias de la Educación– es la sistematización y la articulación de toda esa práctica, porque hay un saber hacer». Por su parte, el historiador e investigador en temas cooperativos Daniel Plotinsky remarca: «La enseñanza cooperativa contribuye a la construcción de una cultura de participación y de ayuda mutua, y a la formación de ciudadanos responsables, críticos, solidarios, creadores y transformadores de la sociedad». Según Plotinsky, estos son algunos de los muchos aportes de los contenidos cooperativos a la formación de los alumnos.
«Nuestro objetivo es impulsar al cooperativismo como una verdadera herramienta de la economía social, que no sólo sirva para desarrollar pequeños proyectos escolares, como el armado de una huerta u otro pequeño emprendimiento, sino darle a este modelo el dinamismo y la fuerza que tiene dentro de la economía y la sociedad», señala Alberto Díaz, titular de la Dirección de Cooperación Escolar de la provincia de Buenos Aires, organismo encargado de fiscalizar y controlar a las cooperadoras escolares e incentivar y promover la formación de cooperativas escolares en los establecimientos educativos bonaerenses. Para el funcionario, docente del área de formación profesional, además de promover la constitución de entidades, la mejor manera de estimular y cimentar el pensamiento cooperativo en la comunidad educativa es «incluir los valores, saberes y quehaceres del cooperativismo en la estructura curricular e incentivar y capacitar a los docentes».
De hecho, en la provincia de Buenos Aires, el artículo 16 de la nueva Ley de Educación (Nº 13.688) establece claramente, entre sus fines y objetivos, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo, del mutualismo y el asociativismo en todos los procesos de formación, «en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nº 16.583/64, sus reglamentaciones y la normativa vigente».  Sin embargo, según Dora Caeiro –secretaria del Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo de la República Argentina y co-coordinadora de la comisión de educación de la Confederación Cooperativa de la República Argentina (COOPERAR)–, «hasta el momento no ha habido una decisión política firme para bajar el tema por programas y planes curriculares desde la dirección de escuelas a los institutos de formación profesional, para que los docentes estén habilitados para formar a los chicos en este sentido». «Estamos avanzando en el camino de la reglamentación de la ley provincial, pero no hay una política efectiva. Lamentablemente, que exista una ley no garantiza que haya un cumplimiento efectivo», indica. «Desde la dirección, estamos tratando de aunar esfuerzos con diversos sectores que actúan en distintos estamentos para lograr instalar el tema en los espacios de decisión. Luego discutiremos las cuestiones más puntuales», agrega Díaz.

 

Avances auspiciosos
No en todas las provincias la norma es completamente ignorada. En Córdoba, la Ley de Educación Provincial Nº 9.870 establece como obligatoria la enseñanza del cooperativismo y del mutualismo en todos los niveles y modalidades del sistema educativo. Por otra parte, en el marco de la resolución interministerial Nº157/2008, se acordó un trabajo conjunto entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Desarrollo Social para la implementación de este proceso.

Gallo. «Cada institución adecúa la
implementación a su realidad».

Díaz. «Queremos impulsar una
herramienta de la economía social».

Caeiro. «Estamos en el camino de la
reglamentación de una ley provincial».

Imen. La aplicación depende de los
acuerdos en el Consejo de Educación.

Según la coordinadora del departamento de Cooperativismo y Mutualismo Educacional del Ministerio de Educación de Córdoba, Griselda Gallo, el marco legal existente en la provincia mediterránea sistematiza los lineamientos curriculares sobre los cuales las instituciones educativas fundamentarán sus acciones de educación cooperativa y mutual. «Todas ellas, entre otros objetivos, deberán atender los siguientes propósitos formativos: estimular la apropiación y desarrollo de los conocimientos, prácticas y valores inherentes al cooperativismo y mutualismo en el ámbito social y escolar», explica la funcionaria. Tomando como eje las bases comunes enunciadas, cada institución adecúa su implementación efectiva, de acuerdo con su realidad, es decir, sus intereses, necesidades y posibilidades. «La política jurisdiccional al respecto se propone avanzar progresivamente hacia un enfoque transversal del cooperativismo y del mutualismo educacional, evitando depositar la responsabilidad del proyecto en una única disciplina o referente institucional, para garantizar así su continuidad en el tiempo y un mayor impacto en la trama de las organizaciones educativas y comunitarias», afirma Gallo.
Más allá de estos postulados, en Córdoba y en otras provincias la aplicación se da, fundamentalmente, a través de experiencias vinculadas con la constitución de cooperativas escolares. Un ejemplo de esto es la cantidad de entidades solidarias que existen en los establecimientos educativos mendocinos, territorio que todavía no adhirió a la Ley Nacional de Educación y que tampoco cuenta con una normativa local que establezca la enseñanza del cooperativismo. Sin embargo, la doctrina solidaria tiene una presencia importante en las instituciones escolares. «Nuestra subsecretaría tiene un convenio con la Dirección de Escuelas para la promoción de la enseñanza del cooperativismo en las aulas. No es una estrategia sistemática, sino más bien voluntaria y de militancia y que, por falta de recursos, todavía no podemos aplicar en todas las escuelas», cuenta Tatiana Mussato, subsecretaria de Asociativismo y Cooperativas de Mendoza. A partir de este acuerdo, la provincia cuyana logró posicionarse segunda en cantidad de cooperativas escolares, con 58 entidades, después de Santa Fe, que tiene 62. «Son experiencias que en lo pedagógico han sido sumamente exitosas», destaca la ex secretaria del Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos. «Desafortunadamente, no contamos con la estructura necesaria para desarrollar más ampliamente este trabajo, porque la idea no es dar una charla, un taller e irse, sino crear una cooperativa y que funcione, porque es en la práctica dónde se pueden apreciar mejor los beneficios del modelo cooperativo. Los resultados son muy satisfactorios», asegura Mussato.

 

Políticas públicas
En el documento final del Congreso Argentino de las Cooperativas realizado en 2012 se planteó la promoción de políticas públicas de educación cooperativa cuyo horizonte sea la transformación de la cultura escolar. «La política pública de educación cooperativa debe ayudar a construir un sistema escolar incluyente, participativo, donde se acceda al conocimiento para la libertad, la transformación, la creatividad, la innovación, la ciencia y la humanidad, en el que se formen hombres y mujeres libres que de seguro harán posible y sustentable la Argentina para las actuales y las nuevas generaciones», manifiesta el documento.

Ministro Rivadavia. Un aula de la escuela Nº 64, donde los valores solidarios se enseñan a diario y son una modalidad de trabajo. (Walter Sangroni)

En ese marco, Caeiro considera que es importante ir derribando las trabas burocráticas que existen. «La falta de reglamentación –subraya la licenciada en Cooperativismo y Mutualismo– trae aparejado el no dictado de cooperativismo y mutualismo escolar en los institutos superiores de formación docente, con lo cual los futuros maestros y maestras no tienen la posibilidad de adquirir conocimientos en estos temas». Caeiro advierte que este factor no sólo impide que alumnos y docentes se acerquen a una pedagogía que ofrece valiosas herramientas para un desarrollo democrático y participativo del proceso educativo sino que también obstaculiza, una vez egresados, la posibilidad de que apliquen este modelo en la gestión de nuevos emprendimientos asociativos.

 

Trabajo y consenso
Referentes de entidades nacionales como COOPERAR están actualmente trabajando para construir el consenso político necesario (en el marco del Consejo Federal) para que se implemente el artículo 90 de la Ley de Educación Nacional. La primera acción que la Confederación llevó adelante en este sentido fue un relevamiento y mapeo de situación en escuelas y provincias. Además, suscribió un convenio con la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) e Idelcoop, mediante el cual las entidades firmantes se comprometieron a impulsar acciones de formación, capacitación y asistencia técnica. «Este acuerdo con CTERA es una estrategia que requiere del compromiso en el territorio de docentes, ministerios y organizaciones cooperativas y mutuales. En Entre Ríos se logró juntar a todas estas partes desde el punto de vista político y también financiero, porque para llevar adelante esta iniciativa se requiere también de recursos», comenta César Basañes, gerente de COOPERAR. Por otro lado, la entidad de segundo grado presentó en el Ministerio de Educación de la Nación un proyecto de reglamentación para incluir contenidos cooperativos en todo el proceso de enseñanza-aprendizaje, y el organismo nacional se comprometió a conformar una comisión para abordar el tema. «Es importante ir logrando la sensibilización de quienes están en los espacios de decisión, a través de acuerdos políticos federales, para ir avanzando en la plena aplicación de la ley», manifiesta Basañes.
Todos los entrevistados coinciden en que en los lugares donde mejor se desarrolla la práctica cooperativa es en las escuelas donde el docente tiene algún tipo de vínculo con cooperativas de la zona. «La mayoría de las cooperativas escolares que tenemos registradas en la provincia de Buenos Aires –concluye Dora Caeiro– son de los pueblitos del interior, no de las grandes urbes. Allí, en los lugares pequeños, el cooperativismo se vincula más con la escuela».

Silvia Porritelli
Informe desde Córdoba: Bibiana Fulchieri

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