Se promulgó la Ley que limita las jubilaciones de privilegio

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La Ley que limita las jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y personal del servicio exterior fue publicada, este lunes, en el Boletín Oficial. Se trata de la norma sancionada el 12 de marzo pasado por el Senado, que fija una nueva fórmula para calcular el haber inicial del sector, que hasta ahora era del 82 % del último sueldo y que, en adelante, se hará en base al promedio de las últimas 120 remuneraciones al valor actualizado. El nuevo régimen jubilatorio para magistrados y funcionarios del Poder Judicial y Ministerio Público de la Nación incrementa, además, en forma gradual, a 65 años la edad para acceder, en el caso de los hombres, al beneficio jubilatorio pero mantiene en 60 años la opción para las mujeres. Para acceder a este régimen, tienen que haber trabajado un mínimo de 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio. Además, jueces, fiscales y diplomáticos deberán «estar en ejercicio» al momento de jubilarse y no podrán seguir su actividad una vez que accedan a los haberes. Tras la sanción de la nueva norma, se registraron decenas de renuncias en el Poder Judicial.

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