10 de abril de 2026
El Gobierno nacional flexibilizó el cepo cambiario con una serie de medidas del Banco Central y de la Comisión Nacional de Valores. Las personas humanas ya no deberán liquidar los dólares por exportaciones de bienes, aunque sí deberán ingresarlos al país, igualando el criterio con servicios. Además, se elimina el tope de US$50 para el retiro de efectivo en el exterior mediante tarjeta de crédito, con lo cual se facilita el gasto fuera del país y permite un menor traslado de efectivo. Por su parte, en el caso de las empresas se extienden los plazos para ingresar divisas que pasan de 60 a 180 días para exportaciones a filiales (si no superan US$200 millones anuales) y de 180 a 365 días para otros rubros como indumentaria.
