24 de diciembre de 2025
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) dejó sin efecto normas históricas que regulaban la actividad yerbatera, entre ellas la que imponía condiciones de mayor calidad en la producción de la hoja. A través de la Resolución 146/2025, el Directorio del INYM derogó tres resoluciones clave, modificó el régimen sancionatorio vinculado a las declaraciones juradas y ratificó que el organismo debe focalizarse en el control de calidad, la trazabilidad y la salubridad del producto, sin interferir en la formación de precios ni en la libre iniciativa privada. El INYM ya había dejado de intervenir en el precio de la yerba a mediados de noviembre pasado, eliminando las facultades que el organismo tenía para fijar el precio de la materia prima que se pagaba a los productores. Sin embargo, este martes se derogó la Resolución 15/2003, la cual determinaba ciertos estándares de calidad mediante la imposición de sanciones a quienes incumplieran esas medidas. Entre otros puntos, esta resolución ahora eliminada establecía sanciones por el exceso de palo en la yerba elaborada, la presencia de elementos extraños o contaminantes, o el incumplimiento del Código Alimentario Argentino, además de prácticas prohibidas en la cosecha, como el uso de machete, el pisoteo del material, la presencia de flores, frutos o hojas quemadas, o el transporte de personal sobre la yerba, entre otros ítems.
