17 de septiembre de 2026
El nuevo régimen penal para chicos y chicas es tan regresivo que solo se explica en una época de gran demagogia punitivista. Un 3% del total de los delitos son cometidos por menores de 16. La voz de jueces y académicos.

Presos. En 2025, los menores ya venían siendo privados de su libertad. En la provincia de Buenos Aires conformaron casi el 80% de los jóvenes detenidos.
Foto: NA
«Yo no hice nada, solo estaba con ellos», dice un estudiante de una escuela pública porteña cuyos amigos tiraron piedras a un árbol para tratar de descolgar una pelota de fútbol. Resulta que uno de los piedrazos cayó en el patio del hogar de la portera de la institución educativa. Con la entrada en vigencia del nuevo régimen penal para adolescentes esta situación, que antes se resolvía en la oficina del director, que aplicaría sanciones establecidas en reglamento de convivencia, ahora puede terminar en el despacho de un fiscal, e incluso en un lugar de encierro. La damnificada en cuestión puede invocar daño y lesiones, porque la nueva ley amplió el espectro de delitos por los cuales los pibes y pibas pueden ser punibles. Es decir, los predicadores de la mano dura, que festejaron la baja de la edad de punibilidad pensando solamente en los «pibes chorros», tendrán que poner su mirada puertas adentro de sus hogares.
El nuevo régimen penal para chicos y chicas adolescentes es tan regresivo que solo se explica por haber nacido en una época donde rige la demagogia punitivista, porque apenas entre un 2% y un 3% del total de los delitos son cometidos por personas de esas edades.
La abogada, escritora y docente Claudia Cesaroni alerta sobre la denominación de «juvenil» porque «no es un régimen para jóvenes sino para niñas, niños y adolescentes, llamarlo juvenil encubre el verdadero colectivo al que se va a dirigir, que son todas las personas menores de 18 años, según la Convención de los Derechos del Niño».
Régimen regresivo
A criterio de Sofía Porta, trabajadora social en la provincia de Buenos Aires y directora del programa de Niñez de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), este régimen es «regresivo» en términos de derechos humanos, y por lo tanto «inconstitucional». Según ella, es «una retirada», algo así como «tirar la toalla en materia de políticas de promoción y protección de derechos de esta población».
«Si un adolescente entra detenido a un instituto especializado y sale más desocializado, entonces el Estado habrá fracasado y la sociedad no tendrá garantías de seguridad», expresó Rodrigo Morabito, juez de Cámara de Responsabilidad Penal Juvenil de Catamarca y profesor de Derecho Penal en la UNCA.
Aunque desde los 14 años ahora ya hay responsabilidad penal, esto no implica automáticamente la prisión, según aclaró el juez. «“Es menor de edad, no le pasa nada”, ya no es una respuesta», agregó. Es decir que robar, amenazar, agredir, extorsionar, usar un arma, vender drogas y provocar daños son conductas que pueden tener consecuencias penales, del mismo modo que empujar a un compañero, robarle el celular de la mochila, encerrarlo en el baño o pintar un banco del colegio. Por otra parte, las redes sociales tampoco son una zona sin ley. Amenazar, extorsionar, acosar, humillar, difundir imágenes íntimas o participar en determinadas agresiones desde un celular también puede tener consecuencias jurídicas. Entonces, la ampliación de los tipos de delitos y la baja de la edad de punibilidad combinadas derivará en un incremento de pibes y pibas presas, en lugares de encierro que ya están saturados.
No solo para «pibes chorros»
El nuevo régimen aplica a algunas situaciones de las que se dan en colegios, de clase media o alta. Conductas como encerrar a un compañero en el baño, el hurto de un celular, que en realidad no fue hurto, pero se lo escondieron como una broma, o la rotura de un vidrio de la escuela puede significar daño agravado. «La expansión del poder punitivo siempre trae más problemas y nuevos conflictos. Encerrar a un compañero como broma puede llegar a constituir una privación ilegítima de la libertad en determinadas circunstancias, o si lo golpeo y le produzco un moretón en el ojo, esa lesión también puede dar lugar a la intervención», describió Morabito. «El sistema penal siempre atrapa a los chicos de los sectores más postergados, aquellos con problemas de consumo, aquellos que viven o sobreviven en las calles, los chicos que en definitiva no van a la escuela. Pero hoy el sistema penal adolescente puede atrapar a cualquier chico, incluso a chicos que en una fiesta de estudiantes se alcoholizan y tienen relaciones sexuales consentidas».
Desde la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) aportan datos precisos para el análisis. Los menores de 16 años ya venían siendo privados de su libertad desde antes del nuevo régimen penal juvenil. En 2025, casi el 80% de los jóvenes que ingresaron a centros de detención en la provincia de Buenos Aires tenían entre 16 y 17 años, y el 20% tenían 15 años o menos. Ante el nuevo panorama que abre la ley 27.801, esa provincia se mostró crítica, pero no presentó ningún planteo formal contra su aplicación, ni firmó la acción de inconstitucionalidad. Por el contrario, inició obras para ampliar la capacidad de encierro. En la actualidad, según informó la subsecretaría de Responsabilidad Penal Juvenil, en la provincia de Buenos Aires hay 679 personas privadas de su libertad, con solo 648 plazas para alojarlos, entre ellos 61 adolescentes de menos de 16 años.

Suspensión. El fallo de la jueza Marta Pascual le da 60 días al Poder Ejecutivo para reacondicionar los espacios de encierro, pero no afecta al fondo de la cuestión.
Foto: UNAB
En blanco y negro
A pocos días de su entrada en vigencia, el juez Morabito analizó que hubo agitación a ambos lados de esta grieta. «La sociedad se puso bastante en alerta por el tema de la baja de la edad de punibilidad, porque parece ser que en la República Argentina si no sos de River, sos de Boca, si no sos blanco, sos negro, parece que no hay términos grises», dijo. «Entonces hay una sociedad que quiere a los chicos presos, y por supuesto, no solamente una sociedad, son grupos de poder, medios de comunicación, políticos y políticas que quieren, sí, a los chicos presos, y el otro bando que entiende que no es efectivamente así, que los lugares adonde van a enviar a los chicos no va a ayudar en nada».
A su criterio, tiene que haber también un equilibrio para que garantizar el derecho a la seguridad de la sociedad no implique diezmar los derechos del adolescente. «Pueden convivir ambos intereses juntos, y no puede ser utilizado uno o darle prioridad a uno para destruir los derechos de otro», expuso. Morabito ratificó que se puede responder al reclamo de la inseguridad protegiendo los derechos de los adolescentes. El magistrado consideró que «evidentemente un nuevo régimen penal juvenil, después de 45 años de regirnos por un decreto ley de la época de la dictadura, sin duda iba a traer discusión, y la va a seguir trayendo, y va a seguir habiendo inconvenientes. Pero, en definitiva, lo cierto es que castigamos a los chicos cada vez más chicos». El castigo puede no ser el encierro, la nueva ley establece sanciones alternativas como amonestaciones, servicios comunitarios, monitoreo electrónico y reparación del daño, entre otras.
Sobre el fallo de la jueza Marta Pascual, que suspendió por 60 días la aplicación de la nueva ley en la provincia de Buenos Aires, manifestó que «escandalizó más de lo que realmente significaba el fallo, porque además no nos detenemos ni por un momento a pensar que la jueza no declaró inaplicable la ley, no declaró inconstitucional y tampoco inconvencional a la ley, solamente la suspendió por 60 días para que el Poder Ejecutivo, que es el encargado de las instituciones a donde los adolescentes van a estar privados de la libertad cuando corresponda, las ponga en condiciones dignas mínimas para que se puedan reintegrar».
