28 de junio de 2025
Un fallo de la Corte provincial establece que un herbicida clave para la explotación agrícola intensiva podría causar daño genético. La causa fue iniciada por una familia de la localidad de Piemonte.

Fumigación. La proximidad con centros urbanos aumenta el riesgo de contaminación.
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Un reciente fallo de la Corte provincial santafesina sienta un nuevo y relevante precedente en torno al uso intensivo de agrotóxicos, particularmente, el glifosato. Tras valorar dos pericias clave, una vinculada a los efectos de los agroquímicos en la salud y otra sobre la posibilidad de implementar la agroecología a escala local, el juez Daniel Marcelo Zoso resolvió prohibir las fumigaciones manuales, terrestres y/o aéreas con cualquier tipo de pesticida en un radio de mil metros de todo el ejido urbano de Piamonte, localidad de unos 3.500 habitantes cercana a Zenón Pereyra y San Jorge, donde otros fallos limitaron el uso de pesticidas agrícolas. La sentencia fue apelada por el municipio y los productores rurales demandados, pero Eugenia Boccio, abogada de la familia querellante, explicó que la prohibición de fumigar a menos de mil metros se mantiene firme.
Iniciada en 2016, cuando una familia de Piamonte presentó un amparo ambiental por afecciones en su salud, la causa tuvo una primera instancia en la que el Juzgado en lo Civil, Comercial y del Trabajo de San Jorge permitió que el expediente incluyera las pruebas y el peritaje del daño genético. Dicho amparo reclamaba el cese de la contaminación y el resguardo del derecho al ambiente sano. Como una postal que se repite en cada poblado o localidad rodeada de cultivos transgénicos, Piamonte es epicentro de la contaminación proveniente de las actividades ligadas al modelo de monocultivo como el acopio de silos y el transporte urbano de los mosquitos, las maquinas fumigadoras. El fallo, de hecho, tuvo en cuenta el contexto de pluricontaminación y prohibió, asimismo, «la circulación, tránsito, permanencia y/o cualquier otra actividad que implique la presencia en zona urbana de maquinaria y/o equipo autopropulsado y de arrastre, específicamente relacionada con la fumigación y/o pulverización (mosquitos y/o pulverizadoras), incluyendo la prohibición al camino que determina el límite agronómico de la localidad de Piamonte».
Efectos adversos
La pericia médica que se incluyó en la causa determinó que la familia presenta daño genético, en particular Abigail, de 9 años. «Es la única niña en el núcleo familiar. Según el examen físico, es una niña saludable, eutrófica (con buen estado de nutrición), escolarizada, que realiza deportes en el club del pueblo. Sin antecedentes patológicos personales desde su nacimiento hasta los 5 años, que comienza con broncoespasmos respiratorios a repetición. Entre los efectos adversos que pueden ser estudiados en los niños expuestos a varios peligros ambientales, el daño citogenético durante la infancia es predictivo del desarrollo de cáncer en adultos sanos», indica la prueba médica citada en el fallo.
Asimismo, el magistrado Zoso declaró la inconstitucionalidad de dos de los artículos presentes en la Ley 11.273, que regula la aplicación de agroquímicos en la provincia de Santa Fe. Los artículos 33 y 34 establecen una distancia de tres mil metros para las aplicaciones aéreas con productos fitosanitarios A y B, considerados de riesgo para la salud. Sin embargo, cuando exista ordenanza que lo autorice, la norma permite «excepcionalmente» la aplicación de productos C y D, de riesgo moderado o bajo, dentro de los quinientos metros de las zonas urbanas. El fallo destaca que la ley no puede seguir basándose en una clasificación toxicológica que se modificó en 2009. Y es que ese año hubo una revisión respecto de los niveles de toxicidad de los agroquímicos más usados. En el caso del glifosato, cita la Resolución 350/99 del SENASA que lo clasificaba dentro del grupo de agroquímicos de improbable riesgo agudo (clase IV), es decir que no ofrecía peligro. Pero dicha resolución fue derogada en 2012 y el herbicida pasó a ser considerado ligeramente peligroso (producto clase III).
Otros estudios
Si bien no es la primera vez que la Justicia se expide y establece distancias de fumigación respecto de los poblados aledaños a los campos pulverizados, lo significativo del fallo dictado por Zoso radica en que se apoya en estudios médicos y científicos y en el reconocimiento de que la ley, al menos parte de la legislación vigente, resulta caduca. Y esto no es un detalle menor. Desde hace más de dos décadas, los pueblos fumigados resisten el embate de quienes aducen la falta de pruebas del impacto sanitario de las fumigaciones. Sin embargo, no solo la evidencia empírica y científica de la relación entre pesticidas y enfermedades como el cáncer crece año a año, sino que los propios habitantes son la prueba viviente de la emergencia sanitaria. Así lo consideró Andrés Carrasco, embriólogo y científico del CONICET, cuyo estudio de laboratorio de 2009 confirmó la toxicidad del glifosato aun en dosis infinitamente menores a las usadas en los campos. Su análisis y su toma de posición respecto del uso de agroquímicos representó la punta de lanza para toda una camada de investigadores dedicados a denunciar empíricamente los efectos devastadores del modelo de agronegocios.
El fallo de la Suprema Corte santafesina se apoya en estudios que confirman que la exposición directa a las fumigaciones conlleva mayores probabilidades de contraer cáncer, sufrir abortos espontáneos y nacimientos con malformaciones. Uno de ellos es el trabajo del Grupo de Genética y Mutagénesis Ambiental (GEMA) de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC), que confirmó con estudios en personas y animales las consecuencias sanitarias del modelo agropecuario. También se tuvieron en cuenta los resultados de los campamentos sanitarios –trabajos de territorio, in situ– realizados entre 2010 y 2019 por el Instituto de Salud Socio Ambiental (INSSA) de la Universidad de Rosario, a cargo del médico Damián Verzeñassi. Santa Fe es una de las provincias de mayor producción agrícola, con cerca de cinco millones de hectáreas (según el censo de 2018) que son sistemáticamente pulverizadas con cócteles químicos. Hoy se desconoce el volumen de los transgénicos resistentes a herbicidas incluso más tóxicos que el glifosato, como el glufosinato de amonio, usado a partir de la aprobación del trigo transgénico. La sentencia abre la posibilidad de que sea invocada en toda la provincia y permita establecer distancias de fumigación. En tanto, a más de veinte años de la lucha iniciada por las madres de Ituzaingó Anexo, barrio cordobés con más de doscientos casos de cáncer, los pueblos fumigados se siguen preguntando que más deben demostrar.