7 de marzo de 2019
El Gobierno nacional reglamentó las condiciones para la producción, difusión, manejo y acondicionamiento en invernáculos para el cultivo de cannabis destinado a aceite medicinal. Así, se deberá solicitar autorización al Instituto Nacional de Semillas (INASE), controles de ese organismo de todos los ciclos del cultivo y asignar a un técnico responsable. En la normativa se estableció que «no se podrá realizar ninguna actividad de producción, difusión, manejo, acondicionamiento e importación de Cannabis sin la previa autorización del Instituto Nacional de Semillas (INASE), organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo». Además, se indicó que los controles efectuados por el INASE podrán incluir la inspección física de los órganos de propagación en todo su ciclo de cultivo, «así como también de la importación de los órganos de propagación».