Sociedad | Asesinato de Fernando Báez Sosa

El veredicto

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Osvaldo Aguirre

Los ocho acusados fueron condenados –cinco a reclusión perpetua, tres a 15 años– al cabo de un juicio que estremeció a la sociedad y generó polémicas y debates.

Sentencia. El proceso se llevó a cabo en Dolores. Los acusados enfrentan duras penas impuestas por el tribunal.

Foto: Télam

El reclamo de los familiares y de amplios sectores de la sociedad tuvo una respuesta de la Justicia. El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Dolores que condena a prisión perpetua a cinco de los acusados por el asesinato de Fernando Báez Sosa e impone penas de 15 años de reclusión a los tres restantes se ajusta a la exposición de los hechos que realizaron la fiscalía y la querella durante el proceso y a la dureza que exigieron de parte de los jueces.
La sentencia cierra un juicio que transcurrió a lo largo de trece jornadas en un clima de creciente repercusión y tuvo como trasfondo un debate social sobre el castigo que debía imponerse a los acusados. El pedido de justicia ejemplar que realizaron Silvino Báez y Graciela Sosa, los padres de Fernando, y la consigna «justicia no es venganza», divulgada en redes sociales, terminaron por coincidir en la opinión de que correspondía la prisión perpetua para el conjunto de los acusados.
Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia seguramente no dejaron conformes a los partidarios del punitivismo y a sectores políticos que avalaban la llamada doctrina Chocobar y ahora encuentran nuevos argumentos para leyes más duras. Sin embargo, el Tribunal condenó a reclusión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi como coautores del delito de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves y a Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi a 15 años de prisión como partícipes secundarios del mismo delito. Además, resolvieron que Juan Pedro Guarino y Tomás Colazo sean investigados por falso testimonio, como pidió la fiscalía.
Los testigos que declararon en el juicio, los registros en video y los chats que se exhibieron resultaron concluyentes respecto de la brutal agresión que sufrió Báez Sosa y de las circunstancias previas al ataque en la puerta del boliche Le Brique, de Villa Gesell, durante la madrugada del 18 de enero de 2020. También permitieron discriminar entre la diversa participación de los acusados en el suceso. Pero el juicio aportó igualmente elementos para problematizar la violencia social en un contexto más amplio, como las referencias sobre otras peleas entre jóvenes que se sucedieron aquella noche o las voces de testigos que celebraban en la calle los golpes que recibía Fernando.

Protagonistas
Otra característica singular del juicio fue el lugar que ocuparon Silvino Báez y Graciela Sosa. Los padres de la víctima hablaron al principio y al cierre del proceso y sus testimonios resultaron condenatorios en otro plano, ya que fueron decisivos para conmover e indignar a la sociedad y para movilizar el interés público. El acompañamiento que recibieron durante la lectura de la sentencia y en el pedido de prisión perpetua por parte de agrupaciones y familiares de víctimas de otros delitos graves, como Madres del Dolor y Ramón Dupuy, el abuelo del niño Lucio Dupuy, es otro dato particularmente significativo del espacio y de la influencia de un actor social que adquiere protagonismo en los procesos judiciales.
Fernando Báez Sosa y los llamados rugbiers –solo uno de ellos, Máximo Thomsen, practicaba activamente ese deporte– representaron desde un principio figuras opuestas: la víctima, un estudiante de abogacía de 18 años y de origen humilde, apareció ligada con valores solidarios en videos difundidos por sus amigos; sus agresores exaltaban comportamientos donde se asociaban las prácticas machistas, el racismo y el odio de clase. Esta dicotomía volvió a plantearse en las primeras jornadas de juicio: la aparente impasibilidad de los acusados ante el dolor de los padres de Fernando y el hecho de que usaran barbijo y se mantuvieran en silencio reforzaron la percepción social en su contra.
Las intervenciones posteriores de los acusados y su descargo final no resultaron convincentes. El abogado Hugo Tomei pareció confesar la imposibilidad de la defensa en su alegato («represento a ocho condenados por el poder mediático y la opinión pública y así es muy difícil») y recibió mucha menos atención que Fernando Burlando, el abogado querellante, que azuzó los reclamos de mano dura con expresiones violentas hacia los acusados.
El caso Báez Sosa remite ahora a otro episodio trágico de la historia reciente, el del secuestro y asesinato de Axel Blumberg, en 2004. Entre otros efectos de las reformas que el Congreso Nacional introdujo en el Código Penal a partir de las movilizaciones que lideraba el ingeniero Juan Carlos Blumberg, los homicidios agravados están exentos del beneficio de la libertad condicional. Los cinco condenados por el asesinato de Fernando pasarían entonces 35 años en la cárcel.
El fallo del Tribunal de Dolores cierra una etapa en el caso. Pero la historia continúa, no solo por las apelaciones que anuncian tanto la defensa como las partes acusadoras. El crimen de Báez Sosa expone también aspectos solapados como la violencia en el deporte y el racismo, y aunque estas cuestiones perdieron centralidad durante el juicio el debate al respecto está planteado. Si estos aspectos resultan positivos para la reflexión, el otro plato de la balanza parece inclinarse con mucho peso hacia el punitivismo, el rechazo a la reflexión y las prácticas de intolerancia extrema, verificadas en el encarnizamiento con que se trata a los familiares de los acusados y en el hostigamiento a quienes plantean alternativas a la mano dura.

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