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Masacre de Pabellón Séptimo

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En un histórico juicio por los crímenes contra presos comunes en el penal de Devoto cometidos en la madrugada del 14 de marzo de 1978, el Tribunal Oral Federal 5 de la Ciudad de Buenos Aires, consideró que los hechos conocidos como Masacre del Pabellón Séptimo fueron graves violaciones a los derechos humanos y condenó a dos exoficiales del Servicio Penitenciario Federal. Los jueces Nicolás Toselli, Adriana Palliotti y Daniel Obligado consideraron culpables al exdirector del penal de Devoto Juan Carlos Ruiz y a Horacio Martín Galíndez, exjefe de la División Seguridad Interna del penal, y los condenó a 25 años de prisión por los tormentos seguidos de muerte de 65 detenidos y los tormentos a 88 sobrevivientes. El tercer acusado, el celador Gregorio Zerda, fue absuelto y liberado. Las penas de Ruiz y Galíndez coincidieron con las que había solicitado la querella encabezada por las abogadas Claudia Cesaroni y Natalia D’Alessandro.

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