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Cambios en prestaciones del SMN

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A través de un DNU publicado hoy en el Boletín Oficial, y que obligó al gremio de ATE a levantar el paro previsto, introduce un cambio de fondo en el régimen de prestación del servicio meteorológico aplicado a la aviación. La norma establece, por primera vez de manera expresa, que el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea constituye un servicio público esencial en la República Argentina y fue dictada por el Poder Ejecutivo en un contexto de conflicto gremial en el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), y llevó al levantamiento del paro que estaba previsto para hoy. En ese sentido, el texto aclara que no se trata de una declaración de esencialidad de toda la actividad del SMN, sino específicamente de la función meteorológica vinculada a la seguridad operacional de los vuelos, la planificación de rutas, los despegues y aterrizajes y la gestión del tránsito aéreo. El SMN deja de ser el proveedor exclusivo del servicio meteorológico para vuelos, como lo había sido hasta ahora. No obstante, el decreto establece un régimen transitorio para evitar cualquier interrupción del servicio.

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