26 de enero de 2022
Los puntos principales del estudio de Ferreira Lima y Marsh, titulado «Acuerdo Stand-By del FMI con Argentina en 2018: ¿Un acto ultra vires?», detallan las inconsistencias de aquel endeudamiento asumido por el expresidente Mauricio Macri.
• El acuerdo se basó en suposiciones escandalosas e incoherencias de contabilidad que hacían imposible alcanzar los objetivos. Se contemplaron además supuestos absurdos, que no ofrecían ninguna salvaguardia.
• El convenio constitutivo del FMI, según la letra (a) del apartado 1 del Artículo VI, prevé que los recursos prestados «no se utilicen para hacer frente a una salida de capital considerable o continua, en cuyo caso el apoyo solo empeoraría la duración y la magnitud del desequilibrio (de la balanza de pagos)».
• Sin un ajuste externo que permita hacer frente a los servicios de la deuda externa, el ajuste fiscal por sí solo no logrará la sostenibilidad. Y sin ese ajuste externo, la fuga de capitales es una respuesta racional por parte de inversores privados.
• El programa estaba ofreciendo falsas esperanzas sobre las perspectivas de sostenibilidad externa. Sería irracional que los inversores privados aumentaran su exposición a la Argentina, dada la falta de ajuste de las cuentas externas.
• El BCRA notó que desde mayo de 2018 la fuga de capitales se aceleró, ascendiendo hasta los 45.100 millones de dólares hasta finales de 2019. El FMI reconoció (en su evaluación de diciembre pasado) que sus recursos se utilizaron para sostener salidas considerables y continuas de capital.
• Los supuestos clave sobre los flujos financieros externos son confusos –plagados de inconsistencias internas entre las diferentes presentaciones de la misma información– y parecen estar «cocinados» para cumplir con las proyecciones favorables de reservas internacionales brutas.
• Se planteaban 72.000 millones de dólares de ingresos (de capitales externos), lo que no tenía asidero. Un programa que se basa en influjos financieros privados irracionales para inflar las reservas internacionales brutas no puede considerarse como ofreciendo las salvaguardias adecuadas.
