11 de enero de 2023
La AFIP reglamentó la gestión que deberán realizar las pymes para solicitar la reducción de los anticipos de Ganancias por el bono de fin de año, que se abonó con los salarios de diciembre. A su vez, se dispuso que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado Mipyme podrán reducir los anticipos del Impuesto a las Ganancias en un importe equivalente al 50% del monto total abonado en concepto de esa asignación y diferir su pago para el ejercicio 2023. La AFIP estableció que la opción de reducción de anticipos podrá ser ejercida entre el 10 de enero y el 31 de marzo de 2023, siempre que exista al menos un anticipo sin vencer al momento de la presentación de la opción de reducción. La solicitud de reducción de anticipos deberá formalizarse mediante la transacción informática «Reducción de Anticipos» del «Sistema Cuentas Tributarias», disponible en el sitio web del ente recaudador, de acuerdo con la Resolución General.