11 de abril de 2024
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal N°3 rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA) en contra del DNU 70/23i, solicitando la nulidad absoluta de artículos relacionados a la actividad del sector. La medida presentada buscaba que se impida la facilitación del libre comercio de los medicamentos, su prescripción por droga genérica en lugar de marca y especialidades farmacéuticas que puedan ser vendidos fuera de las farmacias, entre otras disposiciones. Ambas organizaciones habían reclamado que el DNU constituye «una directa ablación a los derechos fundamentales del ejercicio de la profesión de los farmacéuticos». El juzgado rechazó la cautelar al considerar que COFA y FEFARA carecían de legitimación para actuar como representantes reales y defensores de los derechos e intereses de los profesionales nucleados de la actividad farmacéutica. En consecuencia, el tramo del DNU que introdujo modificaciones en la actividad farmacéutica sigue vigente aunque la medida de primera instancia podría ser apelada.