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Beneficio para monotributistas

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La AFIP dispuso que los monotributistas dejen de pagar la alícuota especial de 0,25% del denominado «Impuesto al cheque». La adecuación normativa precisa el procedimiento para que puedan acceder a la exención los monotributistas que abran nuevas cuentas corrientes, así como aquellos nuevos pequeños contribuyentes que utilicen ese tipo de cuentas. De esta manera, la exención del impuesto abarca a la totalidad de las cuentas bancarias bajo la titularidad de monotributistas que se encuentren inscriptos en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.

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